Ordenanza Nro: 1248

VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE 4058-99/83, EN EL QUE A FOJAS 38/39 OBRA UN PROYECTO DE ORDENANZA ELABORADO POR LA CONTADURÍA MUNICIPAL Y LA DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y RECAUDACIÓN, POR EL QUE SE APRUEBAN NUEVAS TARIFAS PRESENTADAS POR LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ LIMITADA;
LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 233° DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, Y 6° INCISO 4 DE LA LEY 9448;
LO INFORMADO POR LA DIRECCIÓN DE LA ENERGÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1248
ARTÍCULO 1°.- DEROGASE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1237.
ARTÍCULO 2°.- APRUÉBENSE LAS SIGUIENTES TARIFAS A LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ LIMITADA, A PARTIR DE LAS FECHAS QUE SE INDICAN EN CADA CASO:

CATEGORIAS A PARTIR DEL A PARTIR DEL A PARTIR DEL A PARTIR DEL A PARTIR DEL
1°/6/83 1°/7/83 1°/8/83 1°/9/83 1°/10/83
$a $a $a $a $a
GRANDES CONSUMOS (BAJA TENSION) 36,75 42,38 52,97 63,30 75,64
LOS PRIMEROS 32000 KWH/MES 0,3220 0,3714 0,4644 0,5549 0,6630
LOS SIGUIENTES 68000 KWH/MES 0,2845 0,3282 0,4104 0,4904 0,5859
EXCEDENTE DE 100000 KWH/MES 0,2346 0,2706 0,3383 0,4042 0,4830
DESCUENTO P/CONSUMO NOCTURNO 0,0510 0,0588 0,0735 0,0878 0,1049

RESIDENCIALES
CUOTA FIJA (HAYA O NO CONSUMO) 8,81 10,16 12,23 14,61 17,4600
PRIMEROS 50 KWH/MES 0,3620 0,4176 0,4594 0,5490 0,6561
SIGUIENTES 50 KWH/MES 0,4650 0,5364 0,6705 0,8012 0,9574
EXCEDENTE DE 100 KWH/MES 0,7633 0,8805 1,1106 1,3152 1,5717

SERVICIO GENERAL (COM. E IND.)
SIN LIMITACION DE HORARIO DE USO
CUOTA FIJA (HAYA O NO CONSUMO) 12,30 15,02 18,78 22,45 26,81
PRIMEROS 40000 KWH/MES 0,6241 0,7623 0,9536 1,1388 1,3608
EXCEDENTE DE 4000 KWH/MES 0,4359 0,5323 0,6655 0,7952 0,9503

GOBIERNO E INSTITUCIONES
(NACIONAL, PROVINCIAL Y MUNICIPAL)
CUOTA FIJA (HAYA O NO CONSUMO) 12,30 15,02 18,78 24,93 29,79
CARGO P/ENERGIA KWH/MES 0,5905 0,7212 0,9015 1,1529 1,3777

ALUMBRADO PUBLICO
CARGO P/ENERGIA KWH/MES 0,5440 0,6256 0,7820 0,9345 1,1167

ARTÍCULO 3°.- PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL.
ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y RECAUDACIÓN, BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL, COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ LIMITADA, SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, , Y A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.

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