VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE 4058-141/83 POR EL QUE CAMUATÍ S.A. SOLICITARA LA INCLUSIÓN DE SU PLANTA INDUSTRIAL DENTRO DE LA ZONA INDUSTRIAL PLANIFICADA DE NUESTRO PARTIDO;
LO INFORMADO A FOJAS 10 POR LOS REPRESENTANTES DE LOS MINISTERIOS DE GOBIERNO Y DE OBRAS PÚBLICAS;
LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 27° INCISO 1, DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1246
ARTÍCULO 1°.- INCLÚYASE DENTRO DE LA ZONA INDUSTRIAL PLANIFICADA ESTABLECIDA EN LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1086, A LOS INMUEBLES DENOMINADOS CATASTRALMENTE COMO CIRCUNSCRIPCIÓN I, SECCIÓN E, CHACRA 238, PARCELAS 2 A, 3, 4, 5 A Y 7.
ARTÍCULO 2°.- REMITANSE TRES (3) EJEMPLARES DE LA PRESENTE ORDENANZA A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS MUNICIPALES.
ARTÍCULO 3°.- NOTIFIQUESE.
ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO UNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA OFICINA DE OBRAS PARTICULARES, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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