Ordenanza Nro. 121

ORDENANZA N° 121

DEROGADA POR ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1487/1985

EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JUÁREZ, EN USO DE ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE, Y ORDENA

ARTÍCULO 1°.- QUE EN CONCORDANCIA EN LO QUE DISPONE EL REGLAMENTO DE FALTAS DE LA PROVINCIA DE BS. AS. SE PROCEDA A LA INCAUTACIÓN DE TODO GANADO MAYOR QUE SE ENCUENTRE SUELTO EN LA VÍA PÚBLICA, LOS QUE SERÁN DEPOSITADOS EN LOS LUGARES QUE DESIGNE EL D.E., DEBIÉNDOSE DAR CUENTA DE LA INCAUTACIÓN A LA POLICÍA Y POR SU INTERMEDIO, AL SEÑOR JUEZ DE FALTAS, A SUS EFECTOS.

ARTÍCULO 2°.- APLICAR A LOS DUEÑOS O TENEDORES DE ESOS ANIMALES UNA TASA DE CINCO PESOS MONEDA NACIONAL ($ 5.00M/I) POR ANIMAL Y POR DÍA, EN CONCEPTO DE CUIDADO Y MANUTENCIÓN DE LOS MISMOS.

ARTÍCULO 3°.- LA TASA ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO ANTERIOR DEBERÁ SER ABONADA DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS (30) A CONTAR DE LA FECHA EN QUE FUERAN INCAUTADOS LOS ANIMALES.

ARTÍCULO 4°.- VENCIDO EL TERMINO VENCIDO EN EL ARTÍCULO TERCERO SIN QUE ESTOS ANIMALES FUERAN RESCATADOS POR SUS DUEÑOS P TENEDORES, FACULTARA AL D.E. PARA QUE POR LAS VÍAS LEGALES CORRESPONDIENTES, PROCEDA A LA VENTA DE LOS MISMOS EN SUBASTA PÚBLICA.

ARTÍCULO 5°.- EL IMPORTE RESULTANTE DE LA VENTA DE LOS ANIMALES SUBASTADOS, INGRESARAN EN EL CAPITULO XV “EVENTUALES” DE LA ORDENANZA GENERAL IMPOSITIVA EN VIGENCIA.

ARTICULO 6°.- COMUNÍQUESE AL D.E., ETC.

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