VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA S N° 165/79, EN EL QUE A FOJAS 10 LA CÁMARA COMERCIAL INDUSTRIAL Y DE PROPIETARIOS DE JUÁREZ SUGIERE MODIFICACIONES A LAS ORDENANZAS 953 Y 975, REGLAMENTARIAS DEL ESTACIONAMIENTO Y DEL TRÁNSITO EN NUESTRA CIUDAD;
LO INFORMADO A FOJAS 10/11 POR LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS;
LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 27° INCISO 18 DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1208
MODIFICADA POR ORDENANZA 2802/1998 (ARTÍCULO 2°)
ARTÍCULO 1°.- REIMPLÁNTESE EL SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN EN LAS AVENIDAS 18 (ESTEBAN ECHEVERRÍA) Y 20 (LIBERTAD), EN EL TRAMO COMPRENDIDO ENTRE LA AVENIDA 37 (GENERAL J.F. URIBURU) Y LA CALLE 41 (CARLOS PELLEGRINI).
ARTÍCULO 2°.- REIMPLÁNTESE EL DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN EN LA CALLE 41 (CARLOS PELLEGRINI-ALMAFUERTE).
ARTÍCULO 3°.- DEROGASE LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 953, Y 8° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 975.
ARTÍCULO 4°.- LA PRESENTE ORDENANZA REGIRÁ DESDE EL DÍA 30 DE JULIO DE 1983.
ARTÍCULO 5°.- LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DISPONDRÁ REALIZAR LAS SEÑALIZACIONES NECESARIAS PARA EFECTIVIZAR LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDENANZA.
ARTÍCULO 6°.- PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL.
ARTÍCULO 7°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, INSPECCIÓN GENERAL, BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL, SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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