Ordenanza Nro: 1204

VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA “C” N° 138/82 POR EL QUE LA COMISION DIRECTIVA DEL CLUB DEFENSORES DEL BARRIO MARIANO MORENO SOLICITA LA DONACION DE UN INMUEBLE, EN EL QUE PROYECTA EDIFICAR SU SEDE SOCIAL;
LO DICTAMINADO A FOJAS 15 Y 19 POR EL SEÑOR ASESOR LEGAL;
Y CONSIDERANDO LO ESTABLECIDO EN ELA RTÍCULO 6 INCISO 2 DE LA LEY 9448;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1204
ARTÍCULO 1°.- LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ DONA AL CLUB DEFENSORES DEL BARRIO MARIANO MORENO UN LOTE DE TERRENO UBICADO EN LAS CALLES RIVADAVIA Y TUCUMÁN (ESQUINA) DE LA CIUDAD DE BENITO JUÁREZ, PARTIDO DEL MISMO NOMBRE, DESIGNADO CATASTRALMENTE COMO CIRCUNSCRIPCIÓN I, SECCIÓN A, MANZANA 89, PARCELA 1, QUE SE DESIGNA SEGÚN PLANO 53-44-75 COMO PARCELA 1 A Y SEGÚN TÍTULO COMO LOTE E DE LA MANZANA 61 Y MIDE: 40 MTS., 30CM. SOBRE CALLE RIVADAVIA; 4 MTS., 24 CM. EN SU OCHAVA; 18 MTS. , 65 CM. SOBRE CALLE TUCUMÁN; 21 MTS., 65 CM. AL S.O.; 43 MTS., 30 CM. AL S.E., CON UNA SUPERFICIE DE: 932 MTS., 95 DM.2 LINDA: AL N.E. CON CALLE TUCUMÁN; AL N.O. CON CALLE RIVADAVIA; AL S.O. CON PARCELA 12; AL S.E. CON PARCELA 2.EL DOMINIO SE ENCUENTRA INSCRIPTO A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EN LA MATRICULA 272 (53).
ARTÍCULO 2°.- LA ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO SE EXTENDERÁ POR ANTE EL ESCRIBANO PÚBLICO DE LA CIUDAD DE BENITO JUÁREZ DON JUAN JOSÉ PÍFANO, SIENDO TODOS LOS GASTOS DERIVADOS DE ELLO A CARGO DEL DONATARIO.
ARTÍCULO 3°.- EL DONATARIO DEBERÁ LEVANTAR EN EL INMUEBLE DONADO SU SEDE SOCIAL, DEBIENDO LOS TRABAJOS RESPECTIVOS INICIARSE DENTRO DEL PERIODO DE UN (1) AÑO DE EFECTUADA LA DONACIÓN Y CONCLUIRSE EN EL TÉRMINO DE CINCO (5) AÑOS. VENCIDO DICHO TERMINO Y NO EFECTUADA LA OBRA EN SU TOTALIDAD, SE PRODUCIRÁ LA REVERSIÓN DEL DOMINIO EN FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD, DE OFICIO Y SIN NECESIDAD DE INTIMACIÓN ALGUNA.
ARTÍCULO 4°.- PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL.
ARTÍCULO 5°.- NOTIFÍQUESE.
ARTÍCULO 6°.- COMUNÍQUESE, DESE EL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA PATRIMONIO, ASESORÍA LEGAL, BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.

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