VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA C N° 379/82, POR EL QUE EL CENTRO FOLKLORICO EL SOMBRERITO SOLICITA LA DONACION DEL TERRENO SITO EN INTERSECCION DE CALLES RIVADAVIA Y CATAMARCA, DE ESTA CIUDAD, CEDIDO OPORTUNAMENTE POR LA COMUNA, EN CUYO INMUEBLE LA ENTIDAD PETICIONANTE HA EDIFICADO, Y POR ENDE DEBE INCORPORARLO A SU PATRIMONIO;
LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 9° Y 19° DE LA LEY 9533;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1201
ARTÍCULO 1°.- INSCRIBASE EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD EL DOMINIO EN FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ DE LA FRACCION DE TERRENO UBICADA EN ESTA CIUDAD, EN LA INTERSECCION DE LAS CALLES CATAMARCA Y RIVADAVIA, REGISTRADO CATASTRALMENTE COMO CIRCUNSCRIPCION I- SECCION A- MANZANA 76- PARCELA 5 A (PLANO CARACTERISTICA 53-37-82), CON UNA SUPERFICIE DE: 926 METROS, 45 DECIMETROS CUADRADOS..
ARTÍCULO 2°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA ASESORIA LEGAL, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDOS, ARCHÍVESE.
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