Ordenanza Nro. 119

ORDENANZA N° 119

EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE JUÁREZ, EN SESIÓN DE LA FECHA, HA ACORDADO Y ORDENA:

ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR A LA COMPAÑÍA DE ELECTRICIDAD DEL SUD ARGENTINO S.A., PARA FIJAR LAS SIGUIENTES TARIFAS ÚNICAS EN EL CONSUMO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA:

  1. A) RESIDENCIAL $ 0.68 POR K.W.
  2. B) COMERCIAL                                                                               $ 0.72 POR K.W.
  3. C) INDUSTRIAL                                                                               $ 0.67 POR K.W.
  4. D) CONSUMO MINIMO $ 3.40 POR K.W.

ARTÍCULO 2°.- FIJAR PARA EL ALUMBRADO PÚBLICO Y OTRAS DEPENDENCIAS UN AUMENTO DE $ 0.28 M/L.

ARTÍCULO 3°.- ESTAS TARIFAS COMENZARAN REGIR DESDE EL MOMENTO EN QUE LA COMPAÑÍA RESTABLEZCA EL NORMAL ABASTECIMIENTO CON LA INCORPORACIÓN DE UN GRUPO ELECTRÓGENO DE EMERGENCIA.

ARTÍCULO 4°.- AUTORIZASE A LA COMPAÑÍA DE ELECTRICIDAD DEL SUD ARGENTINO S.A. A RETIRAR EL GRUPO ELECTRÓGENO DE EMERGENCIA UNA VEZ QUE LA MISMA HAYA RESTABLECIDO LA POTENCIA TOTAL DE LOS GRUPOS QUE TIENE INSTALADOS EN LA USINA LOCAL.

ARTÍCULO 5°.- LA COMPAÑÍA DEBERÁ MANTENER EL SUMINISTRO NORMAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA, SALVO CASOS DE FUERZA MAYOR DEBIDAMENTE PROBADOS ANTE ESTA MUNICIPALIDAD.

ARTÍCULO 6°.- LA COMPAÑÍA DE ELECTRICIDAD DEL SUR ARGENTINO S.A. DEBERÁ SUPLIR LOS PEDIDOS DE CONEXIONES PARA EL SUMINISTRO DE CORRIENTE ELÉCTRICA QUE TIENE SOLICITADOS A LA FECHA, CUYA NÓMINA OBRA EN PODER DEL D.E. DE ESTA MUNICIPALIDAD.

ARTÍCULO 7°.- QUEDA DEROGADA TODA ORDENANZA, DECRETO O DISPOSICIONES QUE SE OPONGAN A LA PRESENTE.

ARTÍCULO 8°.- COMUNÍQUESE, ETC.

 

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