Ordenanza Nro: 1162

VISTO QUE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 734 ESTABLECE LAS CONDICIONES DE SANEAMIENTO DE LOS LOTES BALDÍOS UBICADOS EN LA PLANTA URBANA DE ESTA CIUDAD;
Y CONSIDERANDO LA FALTA DE CUMPLIMIENTO OBSERVADA POR LOS PROPIETARIOS A LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS POR LA MENCIONADA NORMA LEGAL, ESPECIALMENTE AQUELLAS REFERIDAS A MANTENER LOS TERRENOS LIBRES DE MALEZAS Y CORTADOS;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1162
ARTÍCULO 1°.- MODIFICANSE LOS ARTÍCULOS 10° Y 11° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 734, LOS QUE DIRÁN:
“ARTÍCULO 10°.- LA COMUNA INTIMARA A LOS PROPIETARIOS DE LOTES BALDÍOS A REGULARIZAR SU LIMPIEZA, OTORGANDO PARA ELLO UN PLAZO DE TRES (3) DÍAS. VENCIDO ESTE TÉRMINO LA MUNICIPALIDAD EFECTUARA, CON CARGO AL PROPIETARIO, LOS TRABAJOS INDISPENSABLES DE LIMPIEZA”.
“ARTÍCULO 11°.- VENCIDO EL TERMINO ACORDADO EN EL ARTÍCULO 10° EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PODRÁ APLICAR MULTAS DE ENTRE $ 200000 Y HASTA DOS (2) SALARIOS MÍNIMOS DEL PERSONAL DE ESTA MUNICIPALIDAD”.
ARTÍCULO 2°.- PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL.
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE, DESE AL R. ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA INSPECCIÓN GENERAL, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.

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