VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA C N° 287/82, POR EL QUE EL CLUB ATLÉTICO JUARENSE SOLICITA SE LE ABONE UN CANON MENSUAL POR EL USO QUE DE SUS INSTALACIONES EFECTÚAN LOS COLEGIOS LOCALES, ENTIDADES DE BIEN PÚBLICO, Y EL MUNICIPIO A TRAVÉS DE SU ESCUELA DE DEPORTES;
Y CONSIDERANDO QUE DICHA INSTITUCIÓN PRESTA UN EFECTIVO Y DESINTERESADO APORTE A LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE AMATEUR EN SUS DIVERSAS ACTIVIDADES;
QUE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ POR MEDIO DE SU ESCUELA DE DEPORTES HACE USO EN FORMA PERIÓDICA DE LAS DEPENDENCIAS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE, Y QUE LO EXPUESTO TORNA JUSTO Y EQUITATIVO QUE LA COMUNA RETRIBUYA DE ALGÚN MODO TAL COLABORACIÓN;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1151
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE AL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL A SUSCRIBIR UN CONTRATO DE ALQUILER CON EL CLUB ATLÉTICO JUARENSE PRO LA UTILIZACIÓN DE SUS INSTALACIONES DURANTE EL PERÍODO DE SEIS (6) MESES A PARTIR DEL DÍA 1° DE OCTUBRE DE 1982.
ARTÍCULO 2°.- FIJASE EN PESOS TRES MILLONES ($ 3000000) LA SUMA QUE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ ABONARA MENSUALMENTE EN CONCEPTO DE ALQUILER AL REFERIDO CLUB.
ARTÍCULO 3°.- IMPÚTESE EL GASTO A LA CUENTA V-1-1-2-1-2 ALQUILERES Y ARRENDAMIENTOS (SERVICIOS MUNICIPALIZADOS), DEL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE.
ARTÍCULO 4°.- PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 5°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, Y TOME NOTA CONTADURÍA, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHIVESE.
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