VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE N° 4058-24/82;
QUE DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 6° DE LA LEY 9448;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1145
ARTÍCULO 1°.- LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ DONA A LA PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN DE ESTA CIUDAD DE BENITO JUÁREZ, DEPENDIENTE DEL OBISPADO DE AZUL LOS SIGUIENTES BIENES INMUEBLES: DOS (2) ARMARIOS DE MADERA; CUATRO (4) SILLAS; UN (1) PUPITRE DE MADERA; UNA (1) ESTUFA FLAMEX; UN(1) FICHERO DE MADERA, Y UN (1) ARMARIO DE MADERA, TODOS ELLOS PROVENIENTES DE LA RENOVACIÓN MOBILIARIA DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS, DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ, Y QUE FUERAN TRANSFERIDOS SIN CARGO A ESTA COMUNA POR RESOLUCIÓN N° 1006/81 DEL MINISTERIO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 2°.- LOS MUEBLES DONADOS SERÁN DESTINADOS AL AMOBLAMIENTO DE LAS INSTALACIONES CORRESPONDIENTES A LA PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN DE BENITO JUÁREZ.
ARTÍCULO 3°.- NOTIFÍQUESE.
ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME DIVISIÓN PATRIMONIO, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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