EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO MUNICIPAL, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 1138
PARA EL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ
ARTICULO 1°.- FIJASE EN LA SUMA DE PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL ($ 56236647000) EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS PARA EL AÑO 1982, CONFORME A LA PLANILLA ANEXO 1 QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE ORDENANZA.
ARTÍCULO 2°.- FIJASE EN LA SUMA DE PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL ($ 56236647000) LOS RECURSOS DESTINADOS A LA FINANCIACIÓN DEL ARTÍCULO 1°, CONFORME AL DETALLE INDICADO EN LA PLANILLA ANEXO II QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE ORDENANZA.
ARTÍCULO 3°.- FIJASE EN CUATROCIENTOS DIECISEIS (416) EL NUMERO DE CARGOS DE LA PLANTA PERMANENTE.
ARTÍCULO 4°.- ESTABLECESE EL INCREMENTO PARA EL EJERCICIO 1982 EN LAS TASAS PRO ALUMBRADO, LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PUBLICA EN UN 84 % Y POR CONSERVACIÓN, REPARACIÓN Y MEJORADO DE LA RED VIAL MUNICIPAL EN UN 87%.
LA TASA TOTAL ANUAL RESULTANTE DE APLICAR EL PORCENTAJE APROBADO PARA LOS RUBROS PRECEDENTES, SE DEBE DISTRIBUIR EN DISTINTAS CUOTAS DE MANERA QUE ACOMPAÑEN EL CRECIMIENTO DE PRECIOS PREVISTOS.
ARTÍCULO 5°.- FÍJENSE LO SIGUIENTES VALORES PARA LA TASA POR SERVICIOS SANITARIOS:
SERVICIO MEDIDO: MARZO MAYO AGOSTO NOVIEMBRE
A- AGUA CORRIENTE. POR M3 1070 2000 2000 2250
B- CLOACAS POR M3 535 1000 1000 1125
C- MINIMO POR TRIMESTRE, 45 M3
SERVICIO VALUACION FISCAL:
A) AGUA CORRIENTE 12,37 %
B) CLOACAS 6,18 %
C) AGUA CORRIENTE MINIMO EDIFICADO (ANUAL) $ 398926
D) AGUA CORRIENTE MINIMO BALDIO (ANUAL) $ 299195
E) CLOACAS MINIMO EDIFICADO (ANUAL) $ 199463
F) CLOACAS MINIMO BALDIO (ANUAL) $ 149597
SERVICIOS SIN VALORES IMPONIBLES:
A) AGUA CORRIENTE: SOBRE ESTIMACION
DE SUPERFICIE CUBIERTA POR M2 6303 7090 7976
B) CLOACAS: SOBRE ESTIMACION
DE SUPERFICIE CUBIERTA POR M2 3151 3545 3988
ARTÍCULO 6°.- FÍJENSE PARA LOS RUBROS INDICADOS EN LOS ARTÍCULOS 4° Y 5° LAS FECHAS DE VENCIMIENTO QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN:
-TASA POR ALUMBRADO, LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA: ANTICIPO, 1 Y 2 DE ABRIL; PRIMERA CUOTA, 21 Y 24 DE JUNIO; SEGUNDA CUOTA, 12 Y 13 DE AGOSTO; TERCERA CUOTA, 7 Y 8 DE OCTUBRE DE 1982.
-TASA POR CONSERVACIÓN, REPARACIÓN Y MEJORADO DE LA RED VIAL MUNICIPAL: ANTICIPO, 1 Y 2 DE ABRIL; PRIMERA CUOTA, 1 Y 2 DE JULIO; SEGUNDA CUOTA, 12 Y 13 DE OCTUBRE DE 1982.
– TASA POR SERVICIOS SANITARIOS: PRIMERA CUOTA, 5 DE MARZO; SEGUNDA CUOTA, 14 DE MAYO; TERCERA CUTA, 2 DE AGOSTO, Y CUARTA CUOTA, 3 DE NOVIEMBRE DE 1982.
ARTÍCULO 7°.- ESTABLECESE QUE LE DEPARTAMENTO EJECUTIVO, DENTRO DE LOS QUINCE (15) DÍAS DE SANCIONADA LA PRESENTE, DICTARA LA ORDENANZA COMPLEMENTARIA DE PRESUPUESTO, CÁLCULO DE RECURSOS, PLANILLA ANALÍTICA DE SUELDOS INDIVIDUALES, PLANILLA DE RETRIBUCIONES GLOBALES, CONFORME A LA ESTRUCTURA, PLAN DE CUENTAS Y NOMENCLADOR DE RECURSOS Y GASTOS VIGENTES.
ASIMISMO, SE FACULTA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A FORMULAR EL TEXTO ORDENADO DE LA ORDENANZA FISCAL Y ORDENANZA IMPOSITIVA SEGÚN LA ESTRUCTURA VIGENTE.
ARTÍCULO 8°.- APRUÉBESE PARA EL EJERCICIO 1982, EN EL RUBRO PATENTES DE RODADOS, LA ESCALA DE VALORES QUE SE ESTABLECE EN LA PLANILLA ANEXA QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESNETE ORDENANZA.
ARTÍCULO 9°.- PRORRÓGUESE LA ORDENANZA TRIBUTARIA APROBADA CON VIGENCIA AL 31 DE DICIEMBRE DE 1981.
ARTÍCULO 10°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
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