VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA D N° 186/82, POR EL QUE SE PROPICIA LA FIRMA DE UN CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ Y LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HIDRÁULICA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y POR EL QUE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EJECUTARA LA OBRA CONTINUACIÓN MEJORAMIENTO CANAL PRÉSTAMO RUTA 74, EN JURISDICCIÓN DEL PARTIDO DEL MISMO NOMBRE;
LO INFORMADO POR CONTADURÍA MUNICIPAL A FOJAS 8, Y PRO ASESORÍA LEGAL A FOJAS 9;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1137
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE AL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ A FIRMAR CON LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HIDRÁULICA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, UN CONVENIO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONTINUACIÓN MEJORAMIENTO CANAL PRÉSTAMO RUTA 74, EN JURISDICCIÓN DEL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ.
ARTÍCULO 2°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, PUBLÍQUESE Y TOME CONOCIMIENTO OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, CONTADURÍA, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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