Ordenanza Nro: 1132

VISTO QUE EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES HA COMUNICADO QUE EL TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN DEL DOMINIO DE UNO DE LOS INMUEBLES QUE LE DONARA ESTA MUNICIPALIDAD, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN CONJUNTO HABITACIONAL EN ESTA CIUDAD (ORDENANZA MUNICIPAL N° 992, ARTÍCULO 2°) HA SIDO OBSERVADO POR NO CORRESPONDER LA IDENTIFICACIÓN CATASTRAL CON QUE SE DESIGNARA EN LA ORDENANZA DE DONACIÓN, CON LA QUE LE CORRESPONDE REGISTRALMENTE;
Y CONSIDERANDO CONVENIENTE DICTAR UNA ORDENANZA ACLARATORIA;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1132
ARTÍCULO 1°.-ACLARASE QUE LOS TERRENOS DONADOS A LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, INSTITUTO DE LA VIVIENDA, POR LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 992, SON LOS QUE SE IDENTIFICAN CATASTRALMENTE CON LA SIGUIENTE NOMENCLATURA: CIRCUNSCRIPCIÓN I- SECCIÓN B- QUINTA 30, HABIÉNDOSE INSCRIPTO EN LA MATRICULA N° 7855.
ARTÍCULO 2°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, PUBLÍQUESE, TOME NOTA OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Y LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.

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