Ordenanza Nro: 1113

VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA “S” N° 398/81, POR EL QUE LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS SOLICITA LA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 6° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1024, POR EL QUE SE INCREMENTAN LOS ARANCELES CORRESPONDIENTES A LA CONFECCIÓN DE PLANOS, LEGAJOS, ETCÉTERA, COMPRENDIDOS EN EL RÉGIMEN DE LA NORMA LEGAL REFERIDA;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1113
ARTÍCULO 1°.-MODIFIQUESE EL ARTÍCULO 6° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1024 EL QUE DIRÁ:
“ARTÍCULO 6°.- PARA SOLVENTAR LOS GASTOS DE LOS MATERIALES NECESARIOS PARA CONFECCIONAR LOS LEGAJOS, LOS DERECHOS DE CONSTRUCCIÓN, LA CONFECCIÓN DE PLANOS, LA DIRECCIÓN TÉCNICA Y LA CONFECCIÓN DE CARTEL DE OBRA, LOS BENEFICIARIOS DEBERÁN ABONAR LA SUMA DE $ 350000, IMPORTE ACTUALIZADO, EN SIETE (7) CUOTAS MENSUALES Y CONSECUTIVAS. EL IMPORTE FIJADO SERÁ ACTUALIZADO CONFORME LOS ÍNDICES DE AUMENTO APLICADOS PARA LAS TASAS MUNICIPALES. EL MONTO A INGRESAR POR PROYECTO Y DIRECCIÓN, SE CANALIZARÁ A TRAVÉS DE LA CUENTA ESPECIAL “FONDO PERMANENTE DE LA VIVIENDA”.
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Y LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.

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