VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA S N° 412/81;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1103
ARTÍCULO 1°.- ESTABLECESE EL VALOR DE LA ELECTRICIDAD EN ALTA TENSIÓN PARA LAS INDUSTRIAS ESTABLECIDAS EN LA ZONA INDUSTRIAL PLANIFICADA DE BENITO JUÁREZ, EXCLUSIVAMENTE, EN UN MONTO EQUIVALENTE A LA TARIFA I-C DE LA DIRECCIÓN DE ENERGÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, INCREMENTADA EN UN 20%, DESTINADO A GASTOS OPERATIVOS Y PERDIDAS DE TRANSMISIÓN.
ARTÍCULO 2°.- LAS CONDICIONES DEL SUMINISTRO DE LA ELECTRICIDAD, SERÁN ESTABLECIDAS POR CONVENIO ENTRE LOS USUARIOS Y LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ LIMITADA.
ARTÍCULO 3°.- COMUNIQUESE, DESE AL REGISTRO UNICO DE ORDENANZAS, TOME CONOCIMIENTO OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y LA COMISION ASESORA MUNICIPAL, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHIVESE.
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