VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA I N° 68/81, EN EL QUE OBRA COPIA DEL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y ESTA MUNICIPALIDAD, CUYO OBJETO ES LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS ECONÓMICAS EN BENITO JUÁREZ;
Y CONSIDERACIÓN NECESARIA LA RATIFICACIÓN DE ESTE ACTO ADMINISTRATIVO POR EL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1090
ARTÍCULO 1°.- APRUÉBESE EL CONVENIO SUSCRIPTO CON EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS ECONÓMICAS EN BENITO JUÁREZ.
ARTÍCULO 2°.- A LOS FINES DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE LA MUNICIPALIDAD DESIGNASE A LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS COMO ORGANISMO DE APLICACIÓN DE DICHO CONVENIO EN EL ASPECTO TÉCNICO.
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, PUBLÍQUESE Y TOME CONOCIMIENTO OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, Y LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL, COMO ASIMISMO ASESORÍA LEGAL, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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