VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA D N° 175/80,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1019
ARTÍCULO 1°.- MODIFICASE EL ARTÍCULO 49° DE LA ORDENANZA IMPOSITIVA VIGENTE, EL QUE QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:
ARTÍCULO 49°.- IMPORTES FIJOS
A) CONEXIÓN SERVICIO AGUAS CORRIENTES:
CALLES SIN PAVIMENTO
.
.. $ 181400
CALLES CON PAVIMENTO
. $ 242700
AVENIDAS SIN PAVIMENTO
. $ 249600
AVENIDAS CON PAVIMENTO
. $ 331700
B) CONEXIONE SERVICIO CLOACAS:
SIMPLE COLECTORA
. $ 169900
DOBLE COLECTORA
$ 87800
C) AGUA PARA CONSTRUCCION:
SIN ESTRUCTURA
$ 390 EL M2
CON ESTRUCTURA
.. $ 980 EL M2
ARTÍCULO 2°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, PUBLÍQUESE Y TOME CONOCIMIENTO CONTADURÍA, OBRAS SANITARIAS, Y LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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