VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE 4058-298/79;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1018
ARTÍCULO 1°.- SUPRÍMASE LA CUENTA ESPECIAL HORNO MUNICIPAL DE LADRILLOS, CREADA POR ORDENANZA N° 481.
ARTÍCULO 2°.- TRANSFIÉRASE LA SUMA DE PESOS TRECE MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS ($ 13202372), SALDO DE LA CUENTA ESPECIAL HORNO MUNICIPAL DE LADRILLOS, DANDO CRÉDITO A LA CUENTA ESPECIAL FONDO PERMANENTE DE LA VIVIENDA.
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, PUBLÍQUESE Y TOME CONOCIMIENTO CONTADURÍA, BIENESTAR SOCIAL, Y LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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