VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA C N° 139/80, POR EL QUE LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUAREZ LIMITADA SOLICITA LA DONACIÓN DE LA EXLINEA DEL TELEGRAFO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES;
LA RESOLUCION N° III-2787/79 DEL MINISTERIO DE GOBIERNO;
EL DICTAMEN DEL SEÑOR ASESOR LEGAL OBRANTE A FS. 6;
LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 56° DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, Y LAS FACULTADES DELEGADAS POR LA LEY 9448, ARTÍCULO 6°, INCISO 2°,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1012
ARTÍCULO 1°.-DONASE A LA CCOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUAREZ LIMITADA LA TOTALIDAD DE REDES Y POSTES TELEGRAFICOS UBICADOS EN ESTA JURISDICCION, REGISTRADOS EN EL PATRIMONIO DE LA EX DIRECCION DEL TELEGRAFO DE LA PROVICNIA DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 2°.- NOTIFIQUESE.
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, PUBLIQUESE Y TOME CONOCIMIENTO PATRIMONIO Y LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO ARCHÍVESE.
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