Ordenanza Nro.º 5676

VISTO LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, MEDIANTE EL ARTÍCULO 27, INCISO 4, PARA LA IMPOSICIÓN DE NOMBRES A LAS CALLES Y A LOS SITIOS PÚBLICOS, Y,

LA NOTA REMITIDA A ESTE CUERPO DE CONCEJALES, CON CASI UN CENTENAR DE FIRMAS DE VECINOS, SOLICITANDO EL CAMBIO DE DENOMINACIÓN PARA EL TRAMO DE CALLE SUIPACHA SITUADO EN EL BARRIO “PACHÁN”; Y,

CONSIDERANDO

QUE LA NOMENCLATURA DE CALLES, PASEOS PÚBLICOS Y ESPACIOS VERDES EN UNA CIUDAD, ADEMÁS DE UNA FORMA DE ORGANIZACIÓN, IDENTIFICACIÓN Y ORIENTACIÓN PARA QUIENES LA HABITAN, CONSTITUYE UN HOMENAJE Y UNA FORMA DE RECONOCIMIENTO A HECHOS Y PERSONAJES RELEVANTES, COMO ASÍ TAMBIÉN UN MODO DE PRESERVACIÓN Y DIVULGACIÓN DE UNA CULTURA COMÚN QUE ENSEÑA Y CONCIENTIZA A LAS GENERACIONES, TAL CUAL LO EXPRESAN EN LA NOTA MENCIONADA EN LOS VISTOS, LOS VECINOS SOLICITANTES DE ESTA DENOMINACIÓN;

QUE LOS VECINOS FIRMANTES, MANIFIESTAN INTERÉS COMUNITARIO EN HOMENAJEAR AL POETA CRIOLLO OSVALDO URBINA, QUIEN FUERA VECINO DEL BARRIO “PACHÁN” Y UNO DE LOS PRIMEROS CONCURRENTES Y PRIMER EGRESADO DE LA ENTONCES ESCUELA PRIMARIA NRO. 9, CONDUCIDA POR EL RECORDADO MAESTRO LUIS JOSÉ PAVÍA; (ESCUELA QUE FUNCIONABA EN EL EDIFICIO OCUPADO ACTUALMENTE POR LA ESCUELA DE EDUCACIÓN AGRARIA NRO. 1 “CAYETANO ZIBECCHI”);

QUE EN EL AÑO 2.016, DON OSVALDO URBINA, ELIGIÓ LA ESCUELA DE “PACHÁN” QUE LO VIERA CRECER, PARA REALIZAR LA PRESENTACIÓN DE SU LIBRO “LLUVIA MANSA”, EN EL CUÁL DEDICA POEMAS AL MAESTRO PAVÍA, AL BARRIO “PACHÁN” Y A SUS AMIGOS DE SIEMPRE;

QUE EN LA CORRESPONDENCIA REMITIDA A ESTE CUERPO, POR PARTE DE LOS VECINOS PRESENTANTES DE ESTA INICIATIVA DETALLAN ANTECEDENTES DEL POETA CRIOLLO Y “DECIDOR” DON OSVALDO URBINA, ADJUNTAN FIRMAS SOLICITANTES Y ANEXAN COPIA DEL DECRETO NRO. 660/2.015 DEL “CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE AZUL”, MEDIANTE EL CUAL SE LE OTORGO LA DISTINCIÓN DE “CIUDADANO ILUSTRE DEL PARTIDO DE AZUL”;

QUE LA MENCIONADA ORDENANZA FUE APROBADA POR MAYORÍA OCHO (8) VOTOS POR LA AFIRMATIVA DEL BLOQUE FRENTE DE TODOS PJ Y CINCO (5) VOTOS POR LA NEGATIVA DEL BLOQUE JUNTOS POR EL CAMBIO.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:

O      R     D    E    N     A

ARTÍCULO 1°: IMPÓNGASE EL NOMBRE DE “OSVALDO URBINA” AL TRAMO DE LA CALLE NÚMERO 33, ENTRE LA CALLE NÚMERO 500 (CALLE COLECTORA “ANDRÉS GIUNTA”) Y LA CALLE NÚMERO 508 (ALFONSINA STORNI).

ARTÍCULO 2°: COLÓQUENSE LOS CARTELES NOMENCLADORES DE ACUERDO A LO ORDENADO EN EL ARTÍCULO PRIMERO.

ARTÍCULO 3°: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL ORGANIZARA UN ACTO AL EFECTO DE LA IMPOSICIÓN DEL NOMBRE ORDENADO EN EL ARTÍCULO PRIMERO, CONVOCANDO A AMIGOS Y FAMILIARES DEL HOMENAJEADO, Y A VECINOS DE NUESTRO PARTIDO.

ARTÍCULO 4°: LOS GASTOS QUE DEMANDEN LO SOLICITADO EN LA PRESENTE ORDENANZA, SERÁN IMPUTADOS A LAS CUENTAS DE GASTOS QUE CORRESPONDAN DEL PRESUPUESTO VIGENTE.

ARTÍCULO 5°: DE FORMA.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO  DÍAS  DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

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