VISTO QUE SEGÚN EL ART. 27 INCISO 4 ES POTESTAD DE ESTE CONCEJO DELIBERANTE LA IMPOSICIÓN DE NOMBRES A LAS CALLES Y SITIOS PÚBLICOS;
Y CONSIDERANDO
QUE LA PLAZA SITUADA SOBRE CALLE 2 DE ABRIL ENTRE PUERTO RICO Y REPÚBLICA DOMINICANA NO POSEE AL DÍA DE LA FECHA DENOMINACIÓN OFICIAL, SITUACIÓN QUE MOTIVÓ EL TRASLADO DICHA INQUIETUD A LA SOCIEDAD DE FOMENTO DE VILLA CACIQUE PARA QUE DE FORMA PARTICIPATIVA ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES QUE LA CONFORMAN, ELEVEN UNA PROPUESTA DE DENOMINACIÓN QUE EXPRESE EL DESEO DE LA MAYORÍA Y LA PERTENENCIA DEL LUGAR.
Y QUE, MEDIANTE NOTA ELEVADA A ESTE CONCEJO DELIBERANTE DICHA ENTIDAD MANIFIESTA SU DESEO DE QUE EL REFERIDO ESPACIO PÚBLICO RECIBA LA DENOMINACIÓN DE BENITO “TOCHO” GARATE EN RECONOCIMIENTO A QUIEN FUESE ALMA Y GUARDIÁN DEL LUGAR, CUIDANDO LA PLAZA Y LOS NIÑOS QUE LA CONCURRÍAN, COMO TAMBIÉN UN VECINO INVOLUCRADO EN EL MEJORAMIENTO DE LA MISMA.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º: DENOMÍNESE COMO PLAZA “BENITO TOCHO GARATE” AL ESPACIO PUBLICO SITUADO EN LA CALLE 2 DE ABRIL ENTRE PUERTO RICO Y REPUBLICA DOMINICANA.
ARTÍCULO 2º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL ORGANIZARA UN ACTO CUMPLIENDO LOS PROTOCOLOS VIGENTES AL AFECTO DE LA IMPOSICIÓN DEL NOMBRE ORDENADO EN EL ARTICULO PRIMERO, CONVOCANDO A FAMILIARES Y ALLEGADOS DE QUIEN EN VIDA FUERA BENITO “TOCHO” GARATE, ENTREGÁNDOSE ADEMÁS UNA COPIA DE LA PRESENTE ORDENANZA.
ARTÍCULO 3º: LOS GASTOS QUE DEMANDE LO SOLICITADO EN LA PRESENTE ORDENANZA, SERÁN IMPUTADOS A LAS CUENTAS DE GASTOS QUE CORRESPONDAN DEL PRESUPUESTO VIGENTE.
ARTÍCULO 4º: DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-
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