Ordenanza Nro.° 779

ORDENANZA MUNICIPAL N° 779

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,

ORDENA:

ARTÍCULO 1°.- INCLUYESE EN EL CAPÍTULO XX – DERECHOS DE CEMENTERIO  – ARTÍCULO 55°, EL INCISO D), QUE SE REDACTA DE LA SIGUIENTE MANERA:

  1. D) NICHOS MUNICIPALES, SECCIÓN 7.-
  • FILAS 2DA, 3RA, PRO EL TERMINO DE 10 AÑOS ……………… $ 000
  • RENOVACIONES, POR 5 AÑOS ……………………………………….. $        800
  • OTRAS FILAS, POR EL TERMINO DE 10 AÑOS …………………. $        500
  • RENOVACIONES POR 5 AÑOS ………………………………………… $        500

ARTÍCULO 2°.- FACULTASE AL D.E., A REGLAMENTAR LA FORMA DE PAGO.

ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE AL D.E., ETC.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.

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