Ordenanza Nro.° 759

ORDENANZA MUNICIPAL N° 759

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,

ORDENA:

ARTÍCULO 1°.- FACULTASE AL D.E., A GESTIONAR ANTE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACIÓN PARA LA VENTA EN PÚBLICA SUBASTA DE LA PROPIEDAD MUNICIPAL UBICADA EN LA CIUDAD DE LA PLATA, EN LA CALLE 43, NÚMERO 822, ENTRE 11 Y 12, NOMENCLATURA CATASTRAL: CIRCUNSCRIPCIÓN I – SECCIÓN G – MANZANA 552 – PARCELA  HO – SUBPARCELA 0001 Y 01-01.

ARTÍCULO 2°.-  A LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 159° DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES DECRETO LEY 6769/58, EL D.E., REQUERIRÍA TASACIÓN DEL BIEN O POR LO MENOS TRES (3) MARTILLEROS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE LA PLATA.

ARTÍCULO 3°.- LA ESCRITURA DE DOMINIO SERÁ OTORGADA COMO CONDICIÓN DE VENTA POR LA ESCRIBANÍA GENERAL DEL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA.

ARTÍCULO 4°.-COMUNIQUESE AL D.E., ETC.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.

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