ORDENANZA MUNICIPAL N° 751
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE A LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ LTDA, A INCREMENTAR SU CUADRO TARIFARIO, DE LA SIGUIENTE MANERA:
DESDE FACTURACIÓN MAYO/75:
SERVICIO RESIDENCIAL …………………………………………………………. $ 1,20 POR KW. FACTURADO
SERVICIO COMERCIAL …………………………………………….……………. $ 1,24 POR KW. FACTURADO
SERVICIO INDUSTRIAL …………………………………………….……………. $ 1,20 POR KW. FACTURADO
SERVICIO NACIONAL, PROVINCIAL Y DEPENDENCIAS
MUNICIPALES …………..…………………………………………….……………. $ 1,20 POR KW. FACTURADO
ALUMBRADO PUBLICO ………………………………………….……….……. $ 1,20 POR KW. FACTURADO
DESDE FACTURACIÓN JUNIO/75:
SERVICIO RESIDENCIAL …………………………………………………………. $ 2,00 POR KW. FACTURADO
SERVICIO COMERCIAL …………………………………………….……………. $ 2,30 POR KW. FACTURADO
SERVICIO INDUSTRIAL A 3.000 KW. .……………………….……………. $ 2,00 POR KW. FACTURADO
DE 3.001 A 5.000 KW. ………………………………………. $ 1,90 POR KW. FACTURADO
DE 5.001 A 10.000 KW. ……………………………….…… $ 1,60 POR KW. FACTURADO
DE 10001 A 30.000 KW. ……………………………………. $ 1,70 POR KW. FACTURADO
DE 30001 EN ADELANTE ……………………………………… $ 1,60 POR KW. FACTURADO
SERVICIO NACIONAL, PROVINCIAL Y DEPENDENCIAS
MUNICIPALES …………..…………………………………………….……………. $ 2,00 POR KW. FACTURADO
ARTÍCULO 2°.- A LOS IMPORTES DETALLADOS PRECEDENTEMENTE, SE LES ADICIONARAN LOS QUE CORRESPONDEN EN CADA CASO PRO APLICACIÓN DE LAS ACTUALES LEYES IMPOSITIVAS NACIONALES, PROVINCIALES Y MUNICIPALES Y/O LOS QUE EN EL FUTURO GRAVEN LA COMERCIALIZACIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA.
ARTÍCULO 3°.-COMUNIQUESE AL D.E., ETC.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.
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