Ordenanza Nro.° 740

ORDENANZA MUNICIPAL N° 740

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,

ORDENA:

ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A REALIZAR POR EL TERMINO DE QUINCE (15) DIAS EL REGISTRO ESPECIAL DE SOLICITANTES QUE DETERMINA EL ARTÍCULO 2° DE LA ORDENANZA N° 643.

ARTÍCULO 2°.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PODRÁ OTORGAR LOS PRÉSTAMOS PARA EL FIN QUE DETERMINA LA REFERIDA ORDENANZA ÚNICAMENTE A LOS SUPLENTES DEL PLAN DE VIVIENDAS “17 DE OCTUBRE” QUE RESULTEN ADJUDICATARIOS DE LAS VIVIENDAS DE LA PRIMERA ETAPA.

ARTÍCULO 3°.- COMUNIQUESE, DESE AL R.O., ETC.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.

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