Ordenanza Nro.° 724

ORDENANZA MUNICIPAL N° 724

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,

ORDENA:

ARTÍCULO 1°.- FACULTASE AL D.E., EFECTIVIZADA QUE SEA LA EXPROPIACIÓN DE LA FRACCIÓN DE TIERRA, CIRCUNSCRIPCIÓN “B” DE ESTA CIUDAD DE BENITO JUÁREZ, QUE FUERA DISPUESTA POR ORDENANZA N° 673 Y PROMULGADA EL 21-10-74, A CEDER EL INMUEBLE A QUE SE HACE REFERENCIA, A LA CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 2°.- LA FRACCIÓN DE TIERRA CEDIDA POR EL ANTERIOR ARTÍCULO, SERÁ DESTINADA A LA EJECUCIÓN DE LOS PLANES DE VIVIENDAS, QUE LA MENCIONADA CONFEDERACIÓN DEL TRABAJO, HA CONVENIDO CON EL BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.

ARTÍCULO 3°.- SI EN EL PLAZO DE DOS (2) AÑOS, A CONTAR DE LA FECHA DE PROMULGACIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA, NO SE HUBIERE CUMPLIDO CON LA INICIACIÓN DE LOS FINES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 2°), QUEDA FACULTADO EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA REVOCAR LA CESIÓN.

ARTÍCULO 4°.-EL D.E. DEBERÁ ACOGERSE A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 38, DE LA LEY 5708 (LEY DE EXPROPIACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES).

ARTÍCULO 5°.- COMUNIQUESE AL D.E., ETC.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EL ONCE DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.

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