ORDENANZA MUNICIPAL N° 716
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- MODIFICASE EL ARTÍCULO 34° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 612, “REGLAMENTACION Y TARIFAS DE TAXIS” EL CUAL QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
BAJADA DE BANDERA …………………………………..…………………. $ 5,00
CADA 60 MTS. DE RECORRIDO …………………………………..……. $ 0,20
ESPERA DE 30 SEGUNDOS …………….…………………………………. $ 0,20
POR CADA KM. RECORRIDO FUERA DE ZONA URBANA ……. $ 3,60
ARTÍCULO 2°.- LA TARIFA QUE ANTECEDE ENTRARÁ EN VIGENCIA A LA FECHA DE PROMULGACIÓN DE LA PRESENTE, TENIENDO LOS SEÑORES TAXIMETRISTAS UN PLAZO MAXIMO DE TREINTA 8309 DIAS PARA ADECUAR EL RELOJ-TAXIMETRO A LA NUEVA TARIFA. CUMPLIDO DICHO TÉRMINO EL D.E., APLICARA LAS SANCIONES QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 12° Y 13° DE LA ORDENANZA 613.
ARTÍCULO 3°.- COMUNIQUESE AL D.E., ETC.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.
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