ORDENANZA MUNICIPAL N° 713
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- AMPLIASE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1975, EL PLAZO QUE OTORGA EL ARTÍCULO 3° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 609.
ARTÍCULO 2°.- COMUNIQUESE AL D.E., ETC.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.
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