Ordenanza Nro.° 705

ORDENANZA MUNICIPAL N° 705

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,

ORDENA:

ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE AL D.E. A ABONAR AL PERSONAL MUNICIPAL QUE DEBA REALIZAR TAREAS EN DÍAS NO LABORABLES, EL CIEN POR CIENTO (100%) DE RECARGO SOBRE LAS HORAS TRABAJADAS, CON RETROACTIVIDAD AL 1° DE NOVEIMBRE DE 1974.

ARTÍCULO 2°.- LO QUE DEMANDA EL CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL PRESENTE, SERA IMPUTADO EN LA PRTIDA DE HORAS EXTRAS-FINALIDAD I-1-1-1-3-4- DEL PRESEUPEUSTO DE GASTOS VIGENTE.

ARTÍCULO 3°.-  COMUNIQUESE AL D.E., ETC.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO.

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