Ordenanza Nro.° 637

ORDENANZA MUNICIPAL N° 637

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS RESUELVE Y,

ORDENA:

ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE A LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUAREZ LTDA., A APLICAR A PARTIR DEL DÍA 1° DE JUNIO DE 1974, (FACTURADO) EN MAYO, LAS SIGUIENTES TARIFAS BASICAS:

SERVICIO RESIDENCIAL ………………………………………………….. $ 0,70 EL KW. FACTURADO

SERVICIO COMERCIAL   ………………………………………………….. $ 0,74 EL KW. FACTURADO

SERVICIO INDUSTRIAL ……………………………………………..…….. $ 0,70 EL KW. FACTURADO

GOBIERNO NACIONAL, PROVINCIAL Y DEPENDENCIAS

MUNICIPALES………………………………………………………………….. $ 0,70 EL KW. FACTURADO

ALUMBRADO PUBLICO ………………………………………………….. $ 0,70 EL KW. FACTURADO

 

ARTÍCULO 2°.-  A LOS IMPORTES DETALLADOS PRECEDENTEMENTE SE LE ADICIONARAN LOS QUE CORRESPONDEN EN CADA CASO POR APLICACIÓN DE LAS ACTUALES LEYES IMPOSITIVAS NACIONALES, PROVINCIALES Y/O LAS QUE EN EL FUTURO GRAVEN LA COMERCIALIZACIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA.

ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE AL D.E., ETC.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS DIEZ Y NUEVE DÍAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO.

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