ORDENANZA MUNICIPAL N° 577
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y, ORDENA: ARTÍCULO 1°.- SE DECLARAN SUBROGADOS LOS DERECHOS DE DON JUAN FELIPE RODRÍGUEZ, CON RESPECTO A LA VIVIENDA N° 3 DEL BARRIO OBRERO DE BENITO JUÁREZ, PARTIDO DEL MISMO NOMBRE, EN SU ESPOSA DOÑA MARÍA ELENA LAUGE DE RODRÍGUEZ, QUIEN DEBERÁ CONTINUAR CON EL PAGO DE LAS CUOTAS DE AMORTIZACIÓN. ARTÍCULO 2°.- LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, EXTENDERÁ LA ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO DE LA VIVIENDA N° 3 DEL BARRIO OBRERO DE BENITO JUÁREZ, PARTIDO DEL MISMO NOMBRE. NOMENCLATURA CATASTRAL: CIRCUNSCRIPCIÓN I, SECCIÓN 2B”, QUINTA 34, FRACCIÓN II, PARCELA 4, PLANO 53-30-61, A FAVOR DE DOÑA MARÍA ELENA LAUGE DE RODRÍGUEZ, VIUDA DE JUAN FELIPE RODRÍGUEZ, (L.C. 3.850.573), EN LA QUE SE CONSIGNARA EXPRESAMENTE LAS RESERVAS DE LOS ARTÍCULOS 16 Y 24 DE LA LEY GENERAL DE LA VIVIENDA N °5396, ARTÍCULO 22 DEL DECRETO REGLAMENTARIO N° 5945/51. ARTÍCULO 3°.- LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO EN CASO DE QUE LA ADJUDICATARIA A LA FECHA DE LA PRESENTE NO HAYA CANCELADO LA DEUDA PERO QUE EN MOMENTO DE EXTENDERSE LA RESPECTIVA EN LA TESORERÍA MUNICIPAL ESCRITURA EXHIBA EL RECIBO DEL PAGO EFECTUADO EN LA TESORERÍA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, QUE PRUEBE HABER SALDADO LA TOTALIDAD DE AQUELLA, PROCEDERÁ A OTORGAR LA ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO SIN CONSTITUIR GRAVAMEN HIPOTECARIO. ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE AL D.E., ETC.
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DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES.
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