ORDENANZA MUNICIPAL N° 569
ARTÍCULO 1°.- ELEVASE A 52 EL NÚMERO DE BECAS SECUNDARIAS QUE DETERMINA EL ARTÍCULO 9° DE LA ORDENANZA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTES.
ARTÍCULO 2°.- A LOS EFECTOS CONTABLES DISPONESE EL SIGUIENTE MOVIMIENTO DE PARTIDAS:
REFUERZO:
FINALIDAD I-1-3-4 BECAS $ 2.700,00
DISMINUCIONES:
FINALIDAD I-2-7-2 INVERSIONES MUNICIPALES
LEY 7581 $ 1.000,00
5 DEVOLUCION TRIBUTO $ 1.700,00
2.700,00
ARTÍCULO 3°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES.
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones