ORDENANZA MUNICIPAL N° 564
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.-AUTORIZASE A LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ LTDA., A APLICAR A PARTIR DE LAS FACTURAS QUE SE EMITAN DESDE EL 1-7-73 (FACTURADO DE JUNIO/73) LAS SIGUIENTES TARIFAS:
SERVICIO RESIDENCIAL, A RAZÓN DE $ 0,61/KWH, FACTURADO.-
SERVICIO COMERCIAL, A RAZÓN DE $ 0,65/KWH, FACTURADO.-
SERVICIO INDUSTRIAL, A RAZÓN DE $ 0,60/KWH, FACTURADO.-
SERVICIO GOBIERNO NACIONAL, A RAZÓN DE $ 0,61/KWH, FACTURADO.-
SERVICIO GOBIERNO PROVINCIAL, A RAZÓN DE $ 0,61/KWH, FACTURADO.-
SERVICIO DEPENDENCIAS MUNICIPALES, A RAZÓN DE $ 0,61/KWH, FACTURADO.-
SERVICIO DE ALUMBRADO PUBLICO, A RAZÓN DE $ 0,61/KWH, FACTURADO.-
ARTÍCULO 2°.- A LOS IMPORTES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 1°, SE ADICIONARAN LOS QUE CORRESPONDAN EN CADA CASO POR APLICACIÓN DE LAS ACTUALES LEYES IMPOSITIVAS NACIONALES, PROVINCIALES , MUNICIPALES Y/O LAS QUE EN EL FUTURO GRAVEN LA COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
ARTÍCULO 3°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES.
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