ORDENANZA MUNICIPAL N° 546
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y,
ORDENA:
ARTÍCULO 1°.- LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, CONCEDE A LA RAZÓN SOCIAL “TRANSPORTES CIUDAD DE BENITO JUÁREZ”- SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACIÓN POR EL TERMINO DE CUATRO (4) AÑOS, A CONTAR DESDE LA SANCIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS ENTRE LA CIUDAD DE BENITO JUÁREZ Y LAS LOCALIDADES DE LÓPEZ, BARKER Y VILLA CACIQUE, CON EL RECORRIDO QUE SE INDICA EN PLANO DE FS. 15, QUE SUSCRIPTO POR SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE.
ARTÍCULO 2°.- LA PRESENTE CONCESIÓN SE RIGE POR LAS NORMAS ESTABLECIDAS EN LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, EN EL DECRETO- LEY 7466/69, EN LA LEY ORGÁNICA DEL TRANSPORTE DE PASAJEROS (DECRETO – LEY 16378/57) SU DECRETO REGLAMENTARIO N° 6864/58 Y LEYES MODIFICATORIAS NÚMERO 7396 Y 7459, COMO ASIMISMO EL DECRETO N° 4116/59 MODIFICATORIO DEL DECRETO REGLAMENTARIO 6864/58, LAS ORDENANZAS 144 Y 156, QUE SE REPUTAN CONOCIDAS POR LA CONCESIONARIA.
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE, DESE AL D.E., ETC.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES.
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones