Minuta Nro. 202473

Benito Juárez,  12 de Julio de 2024.-

Puesta a consideración de los señores concejales en la sesión Ordinaria del once de Julio del corriente año, el proyecto de comunicación presentado por el  bloque  Juárez Renace-Situación salas Anuncibay y Piza.

Que el mencionado proyecto fue aprobado por unanimidad elevamos la siguiente:

Minuta de Comunicación del H.C.D. Nº  73/2024

Visto

La marcha realizada en Barker para reclamar mejor atención sanitaria en la sala “Pedro Piza” de dicha localidad. Y,

Considerando

Que la convocatoria a marchar se realizó por hechos que son de público conocimiento y que derivaron en el fallecimiento de un joven.

Que los vecinos tanto de Barker como así también de Villa Cacique vienen expresando desde hace mucho tiempo la necesidad de mejorar el servicio de atención a la salud en sus localidades.

Que siendo el municipio el único efector de dicho servicio es necesario recopilar información referida a la situación, tanto en recursos materiales como humanos, para evaluar posibles modificaciones que permitan profundizar la atención en dichas comunidades asegurando a las mismas el derecho a la salud de manera integral.

Que el derecho a la salud compromete al estado a garantizar que tanto el marco normativo como las políticas y los programas sobre salud respeten y promuevan el ejercicio efectivo de los derechos humanos.

Que a su vez, para garantizar el derecho a la salud se deben asegurar los principios de:

– No discriminación e igualdad.

– La participación: en relación a empoderar a los usuarios de los servicios de salud, las comunidades y la sociedad civil para que participen en los procesos de planificación, toma de decisiones e implementación en la esfera de la salud a lo largo del ciclo de programación y a todos los niveles del sistema. Para resultar significativa, la participación debe incluir estrategias explícitas para abordar los desequilibrios de poder, valorar las pruebas basadas en la experiencia y gestionar los conflictos de intereses a fin de dar respuesta a las necesidades y las expectativas de las personas.

-La rendición de cuentas: el estado debe establecer unos mecanismos de rendición de cuentas accesibles y eficaces para evaluar periódicamente el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos relacionadas con la salud.

Además, el derecho a la salud incluye cuatro elementos esenciales y que están interrelacionados: la disponibilidad, la accesibilidad, la aceptabilidad y la calidad.

La disponibilidad hace referencia a la necesidad de contar con un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios de salud en funcionamiento para toda la población. La disponibilidad se puede cuantificar mediante el análisis de datos desglosados en diferentes categorías, como la edad, el sexo, la ubicación y la situación socioeconómica, así como a través de estudios cualitativos que permitan conocer las deficiencias en términos de cobertura.

La accesibilidad requiere que los establecimientos, los bienes y los servicios de salud sean accesibles para todos. La accesibilidad tiene cuatro dimensiones: no discriminación, accesibilidad física, accesibilidad económica (asequibilidad) y accesibilidad de la información.

La aceptabilidad requiere que los establecimientos, los bienes, los servicios y los programas de salud se centren en la persona y den respuesta a las necesidades concretas de diversos grupos de población, de conformidad con las normas internacionales de ética médica relativas a la confidencialidad y el consentimiento informado.

La calidad es un componente clave de la cobertura sanitaria, por lo que los servicios de salud de calidad deben ser:

– Seguros: se evitará causar lesiones a los destinatarios de la atención;

– Eficaces: se proporcionarán servicios basados en la evidencia a las personas que los necesiten;

– Centrados en la persona: se dispensará una atención que responda a las necesidades individuales;

– Oportunos: se reducirán los tiempos de espera y las demoras perjudiciales;

– Equitativos: se dispensará una atención cuya calidad no varíe en función de la edad, el género, la etnia, la discapacidad, la ubicación geográfica o la situación socioeconómica;

– Integrados: se ofrecerá toda una gama de servicios de salud a lo largo del curso de vida; y

– Eficientes: se maximizarán los beneficios de los recursos disponibles.

Artículo 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, eleve a este cuerpo un informe detallado acerca de:

  1. Situación edilicia de las salas Pedro Piza y Anuncibay.
  2. Equipamiento de las salas Pedro Piza y Anuncibay.
  3. Recursos Humanos afectados a la atención en las salas Pedro Piza y Anuncibay (detallado por categoría, tipo de servicio al que se da cobertura, régimen horario).
  4. Horarios y cobertura profesional de las guardias.
  5. Detalle de instrumental que NO esta en funcionamiento.
  6. Cantidad de ambulancias afectadas al servicio.
  7. Metodología de registro de los ingresos a guardia.
  8. Metodología de seguimiento de pacientes.
  9. Datos estadísticos de cantidad de pacientes atendidos por año y por mes en las salas, en particular desde el año 2022 en adelante.

Artículo 2°: De forma.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de Julio del año dos mil veinticuatro

 

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