Minuta Nro. 202452

Benito Juárez,  10 de Mayo de 2024.-

Puesta a consideración de los señores concejales en la sesión Ordinaria del día nueve de Mayo del corriente año, el proyecto de comunicación presentado por el  bloque  Juárez Renace – Juicio por pago de presentismo a agentes licenciados durante la pandemia.

Que el mencionado proyecto fue aprobado por unanimidad elevamos la siguiente:

Minuta de Comunicación del H.C.D. Nº  52/2024

Visto

El Expediente Nº 20.573 sobre el juicio iniciado el 17 de Agosto de 2021 por el Sindicato de Trabajadores Municipales de Benito Juárez c/ Municipalidad de Benito Juárez s/ Pretensión Restablecimiento de Derechos.

El Informe Sobre Causas Judiciales perteneciente a la Rendición General de Cuentas para el ejercicio 2023.  Y,

Considerando:

Que en el referido juicio la parte actora obtuvo sentencia favorable.

Que en el citado informe sobre las causas judiciales que mantiene la Municipalidad de Benito Juárez, se deja constancia de que “se está procediendo al pago de la bonificación por presentismo y puntualidad de los agentes que fueran licenciados por COVID durante la pandemia”.

Que en este contexto, amerita solicitar al Departamento Ejecutivo la realización de un informe o nota oficial donde especifique cuál es la situación y el grado de avance respecto a este fallo, y el costo de la citada instancia judicial a las arcas municipales.

Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de Benito Juárez solicita al Departamento Ejecutivo, que informe a este cuerpo:

– El grado de cumplimiento que viene efectuando el Departamento Ejecutivo respecto a la sentencia del juicio “Sindicato de Trabajadores Municipales de Benito Juárez c/ Municipalidad de Benito Juárez s/ Pretensión Restablecimiento de Derechos”.

– La cantidad de agentes afectados por el incumplimiento del pago de la bonificación por presentismo y puntualidad, licenciados por covid durante la pandemia.

– Gastos judiciales acumulados hasta la fecha en relación a dicho juicio.

Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

Artículo 3º.- De forma.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los nueve días del mes de Mayo del año dos mil veinticuatro

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