Minuta Nro: 201936

BENITO JUAREZ, 15 DENOVIEMBRE DE 2019.-
PUESTA A CONSIDERACIÓN DE LOS SEÑORES CONCEJALES EN LA SESION ORDINARIA DEL DIA CATORCE DE NOVIEMBRE DEL CORRIENTE AÑO, EL PROYECTO DE COMUNICACIÓN PRESENTADO POR EL BLOQUE DE CONCEJALES FRENTE PARA LA VICTORIA PJ – PROYECTO DE COMUNICACIÓN: PREOCUPACIÓN POR LA REGRESIÓN Y DESNATURALIZACIÓN DEL PROGRAMA PROGRESAR BAJO LA GESTIÓN CAMBIEMOS.
CONSIDERANDO QUE EL MENCIONADO PROYECTO FUE APROBADO POR MAYORÍA, 13 VOTOS POR LA AFIRMATIVA, DE LOS CUALES 7 VOTOS PERTENECEN AL BLOQUE DEL FRENTE PARA LA VICTORIA–PJ Y 6 VOTOS AL BLOQUE CAMBIEMOS Y UN VOTO POR LA NEGATIVA DEL BLOQUE CAMBIEMOS, ELEVAMOS AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO LA SIGUIENTE:
MINUTA DE COMUNICACIÓN DEL H.C.D. Nº 36/2019.-
VISTO:
QUE EL PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES DE ARGENTINA – PROGRESAR – FUE IMPLEMENTADO EN 2014 Y TENÍA POR FIN GARANTIZAR UNA TRANSFERENCIA MONETARIA A LAS Y LOS JÓVENES ENTRE 18 Y 24 AÑOS QUE ESTUDIARAN Y CUYO HOGAR NO RECIBIERA MÁS DE UN SALARIO MÍNIMO
CONSIDERANDO:
QUE DURANTE EL GOBIERNO DE CAMBIEMOS, EL MENCIONADO PROGRAMA DE BECAS HA SUFRIDO VARIAS MODIFICACIONES DE IMPACTO NEGATIVO.
QUE EN TÉRMINOS DE ACCESO, EL MISMO HA DEJADO DE SER UNIVERSAL PARA PASAR A AJUSTARSE AL PRESUPUESTO PREVISTO, OBSERVANDO TAMBIÉN LIMITACIONES EN CUANTO A LA RENOVACIÓN, QUE DEJA DE SER AUTOMÁTICA Y PASA A EXIGIR UN TRÁMITE ADICIONAL.
QUE RESPECTO DE ESTE ÚLTIMO REQUISITO, NO DEJA DE SORPRENDER QUE, PARA LA MISMA FECHA, EL GOBIERNO HAYA PUBLICADO UN DECRETO DE SUPUESTA DESBUROCRATIZACIÓN, QUE APUNTA A REDUCIR TRÁMITES PARA LAS EMPRESAS, PERO APLIQUE EL CAMINO INVERSO CON LAS Y LOS JÓVENES DEL PRESENTE PROGRAMA.
QUE EN TÉRMINOS DE CONCEPCIÓN DEL PROGRAMA, EL PLAN ORIGINAL TENÍA UNA MIRADA INTEGRAL RESPECTO DE LAS Y LOS JÓVENES, Y NO SE LIMITABA MERAMENTE A UNA AYUDA ECONÓMICA PARA SOSTENER LA ACTIVIDAD EDUCATIVA.
QUE UNA MUESTRA DE ESTA MIRADA INTEGRAL ERA EL REQUISITO QUE ESTABLECÍA QUE LOS BENEFICIARIOS CUMPLIERAN CON UNA CONSULTA DE SALUD OBLIGATORIA ANUAL EN LOS HOSPITALES PÚBLICOS, DONDE SE DISPUSIERON OPERATIVOS EN LAS DIVERSAS LOCALIDADES DONDE LAS Y LOS JÓVENES PODRÍAN ACERCARSE Y CUMPLIR CON EL REQUISITO DE LA CONSULTA MÉDICA Y TUVIERAN ACCESO A ORIENTACIÓN VOCACIONAL EN CASO DE DEMANDARLO.
QUE POR LO ANTES MENCIONADO EL PROGRAMA ERA ADMINISTRADO POR UN CONSEJO INTERMINISTERIAL DONDE PARTICIPABAN MÁS DE UN MINISTERIO, EVIDENCIANDO QUE EL OBJETIVO NO SOLO ERA EDUCATIVO SINO DE INCLUSIÓN INTEGRAL.
QUE DESDE PRINCIPIOS DE 2018, EL PROGRAMA PASÓ A LA ÓRBITA EXCLUSIVA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN (QUE POR LAS DESJERARQUIZACIONES MINISTERIALES TAMBIÉN SE REDENOMINÓ DE CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA).
QUE EN TÉRMINOS DE EQUIDAD, EL PROGRAMA CAMBIÓ DRÁSTICAMENTE, YA QUE DE SER UN DERECHO CON LA FINALIDAD DE EQUIPARAR EL ACCESO A LA EDUCACIÓN DE LAS Y LOS JÓVENES DE MENORES INGRESOS, SE CONVIERTE EN UN PROGRAMA MERITOCRÁTICO ATADO AL RENDIMIENTO ACADÉMICO.
QUE LAS BECAS PROGRESAR SON PROFUNDAMENTE REGRESIVAS, YA QUE ES AMPLIAMENTE RECONOCIDA POR LOS ESPECIALISTAS EN EDUCACIÓN LA DIFICULTAD DE LAS Y LOS JÓVENES PROVENIENTES DE HOGARES DE BAJOS INGRESOS QUE SON PRIMERA GENERACIÓN UNIVERSITARIA PARA INCORPORARSE AL SISTEMA EDUCATIVO Y SOSTENER LOS ESTUDIOS EN EL TIEMPO.
QUE EL REQUISITO DE APROBACIÓN DEL 75% DE LAS MATERIAS (A DIFERENCIA DE LAS 2 MATERIAS ANUALES DEL PROGRAMA PROGRESAR), COMO TAMBIÉN EL ESTABLECIMIENTO DE MONTOS DIFERENCIALES MUY SIGNIFICATIVOS EN FUNCIÓN DE LAS MATERIAS APROBADAS Y DEL PROMEDIO ACADÉMICO DISCRIMINA FUERTEMENTE A LAS Y LOS JÓVENES DE MENORES INGRESOS.
QUE LAS TRANSFORMACIONES DE LAS BECAS PROGRESAR ADOLECEN DE UNA MIRADA DE GÉNERO EN EL DISEÑO DE LA POLÍTICA YA QUE LAS ALUMNAS DE MENORES INGRESOS SON DOBLEMENTE DISCRIMINADAS POR ESTE ESQUEMA MERITOCRÁTICO, YA QUE LA MAYOR CARGA DEL CUIDADO RECAE SOBRE LAS MUJERES Y PONE EN DESVENTAJA A LAS ALUMNAS PARA QUE PUEDAN CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE CANTIDAD DE MATERIAS APROBADAS.
QUE, SI BIEN EL PROGRESAR ESTÁ ORIENTADO JUSTAMENTE A JÓVENES EN ETAPA REPRODUCTIVA (ENTRE 20 Y 30 AÑOS), EL REQUISITO DE 75% DE MATERIAS APROBADAS IMPLICA QUE UNA ALUMNA QUE HAYA SIDO MADRE MUY DIFÍCILMENTE PUEDA CONSERVAR LA BECA AL AÑO SIGUIENTE SI PIERDE UN CUATRIMESTRE — AL MENOS- POR CAUSA DE LA MATERNIDAD.
QUE EL PROGRAMA DE BECAS, A DIFERENCIA DEL PLAN PROGRESAR, SOLAMENTE CUBRE 10 CUOTAS ANUALES CUANDO UNO DE LOS REQUISITOS ES QUE LOS ALUMNOS NO TENGAN TRABAJO REGISTRADO.
QUE EN DEFINITIVA, NO SOLO ENCONTRAMOS EN ESTE PROGRAMA UNA MODIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS DESTINADAS EN FUNCIÓN DE REDUCCIONES AÑO A AÑO, Y UNA CAÍDA MUY IMPORTANTE EN TÉRMINOS REALES DE LOS INGRESOS PERCIBIDOS POR LA BECA INDIVIDUAL, SINO TAMBIÉN LA REFORMULACIÓN DE SU CONCEPCIÓN ORIGINARIA, PASANDO DE UNA CONCEPCIÓN DE CARÁCTER UNIVERSAL EN SU COBERTURA Y UN ABORDAJE INTEGRAL DE LAS PROBLEMÁTICAS, SE DIO LUGAR A LA APARICIÓN DE CRITERIOS SELECTIVOS Y MERITOCRÁTICOS QUE EN LOS HECHOS SE TRADUCEN EN MECANISMOS EXCLUYENTES PARA LAS Y LOS JÓVENES DE MENORES INGRESOS.
ARTÍCULO 1º: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BENITO JUÁREZ, MANIFIESTA SU PREOCUPACIÓN Y DESACUERDO POR LAS MEDIDAS REGRESIVAS, LOS AJUSTES PRESUPUESTARIOS Y LA PROFUNDA REFORMULACIÓN DE OBJETIVOS Y ALCANCES EN EL PROGRAMA » BECAS PROGRESAR» EN DETRIMENTO DEL ANTERIOR «PROGRAMA PROGRESAR» DURANTE LA GESTIÓN DE CAMBIEMOS 2015-2019.
ARTÍCULO 2º: ENVÍESE COPIA DEL PRESENTE PROYECTO A LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y SENADORES DE LA NACIÓN Y LOS Y LAS PRESIDENTES DE TODOS LOS BLOQUES QUE LA CONFORMAN, COMO ASÍ TAMBIÉN A LOS HCD DE LA SEXTA SECCIÓN ELECTORAL, INVITÁNDOLOS A QUE SE EXPRESEN EN EL MISMO SENTIDO.
ARTÍCULO 3º: COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

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