Minuta Nro.º 202116

BENITO JUAREZ, 13  DE AGOSTO  DE 2021.-

PUESTA A CONSIDERACIÓN DE LOS SEÑORES CONCEJALES EN LA SESION ORDINARIA DEL DIA DOCE  DE AGOSTO  DEL CORRIENTE AÑO, EL PROYECTO DE COMUNICACIÓN PRESENTADO POR EL  BLOQUE DE FRENTE DE TODOS PJ – BENEPLÁCITO Y APOYO AL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA (DNU 475/2021)

QUE EL MENCIONADO PROYECTO FUE APROBADO POR UNANIMIDAD ELEVAMOS LA SIGUIENTE:

MINUTA DE COMUNICACIÓN DEL H.C.D. Nº 16/2021

VISTO QUE EL PRESIDENTE ALBERTO FERNÁNDEZ A TRAVÉS DE UN DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA (DNU) OFICIALIZÓ EL «PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO DE APORTES POR TAREAS DE CUIDADO», QUE PERMITE ACCEDER A UNA JUBILACIÓN A MUJERES QUE TENGAN MÁS DE 60 AÑOS Y SEAN MADRES, PERO QUE NO CUENTEN CON 30 AÑOS DE APORTES.

Y CONSIDERANDO

QUE SEGÚN EL DECRETO 475/2021, PUBLICADO ESTE LUNES EN EL BOLETÍN OFICIAL, DESDE AHORA ESAS MUJERES PODRÁN COMPUTAR «UN AÑO DE SERVICIO POR CADA HIJO Y/O HIJA QUE HAYA NACIDO CON VIDA», PARA «ACREDITAR EL MÍNIMO DE SERVICIOS NECESARIOS PARA EL LOGRO DE LA PRESTACION BASICA UNIVERSAL (PBU)

QUE ANSES RECONOCERÁ APORTES POR CADA HIJO Y LA JUBILACIÓN LLEGARÁ A MÁS MUJERES, EL ORGANISMO A CARGO DE LA SEGURIDAD SOCIAL LANZO UN PROGRAMA QUE PERMITIRÁ QUE 155.000 MUJERES ACCEDAN A UNA JUBILACIÓN A PESAR DE NO CONTAR CON LOS 30 AÑOS DE SERVICIOS REQUERIDOS ENTRE SUS APORTES REGISTRADOS. Y LOS PERÍODOS QUE PUEDEN RECONOCERSE POR LA ACTUAL MORATORIA.

QUE EL “PROGRAMA INTEGRAL DE RECONOCIMIENTO DE PERÍODOS DE SERVICIO POR TAREAS DE CUIDADO” RECONOCE QUE LAS TAREAS DE CUIDADO SON UN TRABAJO Y CONSISTE EN SUMAR AÑOS DE SERVICIOS PREVISIONALES DE ACUERDO A LA CANTIDAD DE HIJOS -HASTA 3 POR CADA UNO- Y LICENCIAS POR MATERNIDAD DE LA PERSONA GESTANTE».

QUE DICHO PROGRAMA COMBINA TRES MODALIDADES QUE CONTRIBUYEN A LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO EN MATERIA PREVISIONAL Y PERMITIRÁN EL ACCESO INMEDIATO A UN BENEFICIO JUBILATORIO. LAS TRES MODALIDADES RECONOCEN:

  • UN AÑO DE SERVICIOS PREVISIONALES POR HIJO/A PARA MUJERES Y PERSONAS GESTANTES CON HIJOS/AS NACIDOS/AS VIVOS/AS O ADOPTADOS SIENDO MENORES DE EDAD.
  • DOS AÑOS ADICIONALES A LAS MUJERES QUE HAYAN SIDO TITULARES DE AUH (Y EL NIÑO O NIÑA HAYA PERCIBIDO ESTE DERECHO POR LO MENOS DURANTE 12 MESES). HASTA EL MOMENTO, 2,3 MILLONES DE MUJERES COBRAN LA AUH Y REPRESENTAN EL 94 POR CIENTO DE LOS TITULARES DEL BENEFICIO.
  • A LAS TRABAJADORAS REGISTRADAS QUE HAYAN HECHO USO DEL PERÍODO DE LICENCIA POR MATERNIDAD Y POR EXCEDENCIA, TAMBIÉN SE LES RECONOCERÁ EL MISMO PLAZO A LOS FINES DE ACCEDER AL DERECHO A UNA JUBILACIÓN”.

 

QUE, AL RESPECTO, ES POSIBLE SEÑALAR QUE LAS MUJERES HAN SIDO HISTÓRICAMENTE AFECTADAS EN EL ACCESO A TRABAJOS FORMALES, QUE CONTRIBUYAN A APORTAR AL SISTEMA PREVISIONAL, RAZÓN POR LA CUAL SE LES DIFICULTA ACCEDER AL BENEFICIO PREVISIONAL.

QUE, SIN LUGAR A DUDAS, LA MEDIDA AMPLIARA LA COBERTURA DE DERECHOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN RELACIÓN A UN GRAN GRUPO DE MUJERES QUE, TENIENDO LA EDAD NECESARIA PARA ACCEDER AL BENEFICIO, NO CUENTAN CON LA CANTIDAD DE APORTES EXIGIDOS POR LA LEGISLACIÓN ESPECIAL.

QUE, LA ALUDIDA MEDIDA ES TAMBIÉN UNA REIVINDICACIÓN DE LA LUCHA DEL MOVIMIENTO DE MUJERES EN POS DEL RECONOCIMIENTO DE DERECHOS.

 

QUE, EN ESTE SENTIDO, LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE CUIDADO NO REMUNERADAS HA SIDO HISTÓRICAMENTE ASIGNADAS A MÁS MUJERES QUE HOMBRES, DIFICULTANDO DE ESTA FORMA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES LABORALES FORMALES Y SU CONSECUENTE INGRESO AL SISTEMA PREVISIONAL.

QUE, EN ESTE ORDEN, ES IMPORTANTE DESTACAR QUE LA INEQUIDAD EN ACTIVIDADES DOMÉSTICAS ES UNA DE LAS MAYORES FUENTES DE DESIGUALDADES ENTRE VARONES Y MUJERES. AL SER LAS MUJERES QUIENES AFRONTAN LA MAYOR CARGA DE ACTIVIDADES DE CUIDADO NO REMUNERADAS, RESULTAN OSTENSIBLEMENTE PERJUDICADAS A LA HORA DE BUSCAR UN TRABAJO FORMAL, ESTUDIAR O FORMARSE, DADA LA LIMITADA CARGA HORARIA CON LA QUE CUENTAN.

QUE, BAJO EL LEMA “ESO QUE LLAMAN AMOR ES TRABAJO NO PAGO”, DESDE HACE UNOS AÑOS, LAS AGRUPACIONES DE MUJERES VIENEN LUCHANDO NO SÓLO PARA DERRIBAR NATURALIZACIÓN DEL ROL DOMÉSTICO DE LA MUJER, SINO TAMBIÉN QUE DICHAS TAREAS SON REALIZADAS POR AMOR A LA FAMILIA.

QUE, EN FUNCIÓN DE LO EXPUESTO, RESULTA INDUDABLE EL AVANCE EN EL RECONOCIMIENTO DE DERECHOS QUE LA NUEVA DISPOSICIÓN HARÁ A ESAS MUJERES QUE DURANTE AÑOS HAN SIDO POSTERGADAS, NATURALIZANDO SU ROL DOMÉSTICO Y DE ACTIVIDADES DE CUIDADO TOTALMENTE GRATUITAS, IMPOSIBILITANDO ASÍ SU DESARROLLO LABORAL FUERA DEL HOGAR, SU EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL.

ARTÍCULO 1º: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BENITO JUÁREZ, MANIFIESTA BENEPLÁCITO Y APOYO AL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA (DNU)475/2021 PRESENTADO POR EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DR. ALBERTO FERNÁNDEZ POR EL “PROGRAMA INTEGRAL DE RECONOCIMIENTO DE PERÍODOS DE SERVICIO POR TAREAS DE CUIDADO”, QUE PERMITIRÁ ALCANZAR EL BENEFICIO PREVISIONAL A UNAS 155.000 MUJERES A PESAR DE NO CONTAR CON LOS 30 AÑOS DE SERVICIOS REQUERIDOS ENTRE SUS APORTES REGISTRADOS.

ARTÍCULO 2º: ENVIAR COPIA DEL PRESENTE A LOS HONORABLES CONCEJOS DELIBERANTES DE LA SEXTA SECCIÓN ELECTORAL INVITÁNDOLOS A QUE SE SUMEN A LA PRESENTACIÓN DE DICHO PROYECTO.

ARTÍCULO 3º: ENVIAR COPIA A LAS CÁMARAS LEGISLATIVAS DE LA NACIÓN ARGENTINA Y PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

ARTÍCULO 4º: DE FORMA.

 DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE  DÍAS  DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

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