BENITO JUAREZ , ABRIL DE 2016
D E C R E T O D E L H. C . D . Nº 08/2016.-
DEROGADO POR DECRETO DEL H.C.D. N° 23/2021
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE SUS FACULTADES:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: MODIFÍQUESE EL DECRETO Nº 31/2011 REGLAMENTO INTERNO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS:
ARTICULO 27º: QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTES MANERA: EN LA SESIÓN CONSTITUTIVA DE CADA PERÍODO, POR SÍ O DELEGANDO ESA FACULTAD EN EL PRESIDENTE, DESIGNARÁ A LOS CONCEJALES QUE DEBEN COMPONER LAS COMISIONES PERMANENTES. CUANDO LA FACULTAD SEA DELEGADA EN EL PRESIDENTE, ÉSTE LO HARÁ CONSULTANDO A CADA SECTOR LA NÓMINA DE LOS MIEMBROS QUE LO REPRESENTARÁ.-
HABRÁ OCHO (8) COMISIONES PERMANENTES, A SABER:
LEGISLACION, INTERPRETACION, ACUERDO Y TRANSITO
HACIENDA, COMERCIO, INDUSTRIA, PRODUCCION Y MINERIA.
OBRAS PÚBLICAS Y MEDIO AMBIENTE.
SALUD, HIGIENE Y ACCION SOCIAL.
EDUCACION, CULTURA, DEPORTE, TURISMO Y JUVENTUD.
DERECHOS HUMANOS
SEGURIDAD
LABOR PARLAMENTARIA.-
ARTICULO 30º: QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTES MANERA: CORRESPONDE A LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN ACUERDO Y TRANSITO DICTAMINAR EN TODOS LOS PROYECTOS O ASUNTOS RELATIVOS A DISPOSICIONES LEGALES RELACIONADAS CON LA MUNICIPALIDAD, EN LOS CONTRATOS QUE ESTA CELEBRE CON PARTICULARES, EMPRESAS O PODERES PÚBLICOS NACIONALES O PROVINCIALES, RECLAMOS SOBRE INTERPRETACIÓN DE RESOLUCIONES DEL PROPIO CONCEJO, ORDENANZAS, LEYES NACIONALES O PROVINCIALES Y SOBRE AQUELLOS ASUNTOS DE LEGISLACIÓN GENERAL O ESPECIAL CUYO ESTUDIO NO ESTE CONFIADO EXPRESAMENTE A OTRA COMISIÓN POR ESTE REGLAMENTO. SE EXPEDIRÁ SOBRE LOS ANTECEDENTES Y MERITOS DE LOS CANDIDATOS PROPUESTOS POR EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA EL DESEMPEÑO DE LOS CARGOS QUE REQUIEREN ACUERDO DEL CONCEJO. TAMBIÉN INTERVENDRÁ EN TODO PROYECTO O ASUNTO VINCULADO AL ORDENAMIENTO DEL TRÁNSITO, TANTO PEATONAL COMO DE VEHÍCULOS. SEÑALIZACIÓN, ESTACIONAMIENTO, SENTIDO DE CIRCULACIÓN DE CALLES Y SEGURIDAD VIAL.
ARTICULO 31º: QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTES MANERA: INTERVENDRÁ LA COMISIÓN DE HACIENDA, COMERCIO, INDUSTRIA, PRODUCCIÓN Y MINERÍA EN EL ESTUDIO DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA MUNICIPALIDAD; ORDENANZAS DE IMPUESTOS Y SERVICIOS PERMANENTES; EN TODA AUTORIZACIÓN DE GASTOS, EXAMEN DE LAS CUENTAS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL Y EN GENERAL, EN TODOS LOS PROYECTOS SOBRE CRÉDITOS O CONTRATACIÓN DE EMPRÉSTITOS. TAMBIÉN INTERVENDRÁ EN TODO ASUNTO INHERENTE A INSPECCIÓN GENERAL Y ÁREA DE PRODUCCIÓN.
ARTICULO 32º: QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTES MANERA: CORRESPONDE A LA COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y MEDIO AMBIENTE DICTAMINAR EN TODO PROYECTO SOBRE EJECUCIÓN Y CONSERVACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES, MEDIOS DE MOVILIDAD, COMUNICACIONES Y TRANSPORTE, ALUMBRADO PÚBLICO, OBRAS DE SALUBRIDAD, AGUA CORRIENTE, LEGISLACIÓN DE LAS CONSTRUCCIONES Y EN TODO PROYECTO QUE TIENDA AL MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES AMBIENTALES .
ARTICULO 34º: QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTES MANERA: COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, TURISMO Y JUVENTUD:
EN EDUCACIÓN Y CULTURA, DICTAMINAR REFERENTE A AQUELLOS ASUNTOS RELACIONADOS CON LA ORIENTACIÓN, MANTENIMIENTO Y FOMENTO DE LA INSTRUCCIÓN, EDUCACIÓN Y CULTURA INTELECTUAL, EN TODAS SUS FORMAS Y MANIFESTACIONES, SEAN A CARGO DEL ESTADO O DE INSTITUCIONES PRIVADAS. ASUNTOS ATINENTES A TEMPLOS E INSTITUCIONES RELIGIOSAS.
DEL MISMO MODO INTEGRAN TAMBIÉN ESTA COMISIÓN, LAS AÉREAS DE DEPORTE Y TURISMO: CUYO ROL ES DICTAMINAR EN ASUNTOS QUE HACEN AL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA Y REFERIDOS A SUS INSTITUCIONES. ESTUDIO Y EJECUCIÓN DE PLANES Y PROYECTOS RELACIONADOS CON EL FOMENTO TURÍSTICO EN SUS VARIADOS ASPECTOS. SOBRE EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES TURÍSTICA Y LOS ASUNTOS REFERIDOS A LAS INSTITUCIONES QUE LO PROMOCIONEN. SOBRE CONSERVACIÓN Y EMBELLECIMIENTO DE LUGARES DE ATENCIÓN TURÍSTICA.
JUVENTUD ES LA ÚLTIMA DE LAS AÉREAS QUE INTEGRAN ESTA COMISIÓN Y TIENE COMO FIN DICTAMINAR LO REFERENTE AL DESARROLLO HUMANO INTEGRAL DE LOS JOVENES A TRAVÉS DE PROCESOS DE CONOCIMIENTO, INFORMACIÓN, FORMACIÓN, CREACIÓN Y PARTICIPACIÓN, QUE RECONOZCAN LAS DIFERENCIAS, POTENCIEN CONDICIONES Y BRIDEN HERRAMIENTAS QUE LES PERMITAN SER AGENTES DE CAMBIO Y GARANTES DE VIDA A PARTIR DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.
ARTICULO 35º: QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTES MANERA:. LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS ENTENDERÁ, INFORMARA Y DICTAMINARA EN TODO ASUNTO PROPUESTA O PROYECTO RELACIONADO CON EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS INDIVIDUALES DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO COMO TAMBIÉN EN LO RELATIVO A LAS CONDICIONES DE VIDA, EL RESPETO DE LA DIGNIDAD, EL HONOR, LA INTEGRIDAD FÍSICA, PSÍQUICA Y MORAL; CON EL CONOCIMIENTO DE SU IDENTIDAD DE ORIGEN Y CON TODAS ESAS CUESTIONES QUE HACEN A LA MATERIA CITADA. A TALES EFECTOS TOMARAN INTERVENCIÓN EN TODA NOTA, COMUNICACIÓN, O EXPEDIENTE QUE INGRESE AL CUERPO DELIBERATIVO O EN TODO ASUNTO QUE SEA PUESTO A SU ANÁLISIS Y CONSIDERACIÓN. PODRÁ REQUERIR INFORMES DE TODOS LOS FUNCIONARIOS, ORGANISMOS U OFICINAS DEPENDIENTES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL DE LOS PODERES EJECUTIVOS NACIONAL Y PROVINCIAL DE AMBAS CÁMARAS DEL CONGRESO DE LA NACIÓN Y DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE LOS PODERES JUDICIALES NACIONAL Y PROVINCIAL, DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS O AUTÁRQUICOS, ENTIDADES GREMIALES, INSTITUCIONES PRIVADAS Y ONG.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones