Decreto Nro: 200823

Benito Juárez, 26 dc Agosto de 2008.-
Ref: Expte. Letra «X» N° 10/2007.- Escala Salarial s/personal y Concejales del H.C.D. de Benito Juárez.-
Decreto del H.C.D. N°23/2008.-
Visto
Que por Decreto N° 771 y 772/2008 del Departamento Ejecutivo, se otorga un aumento salarial a todos los empleados municipales, y
Considerando
Que el misma consiste en la liquidación de una suma fija remunerativa, no bonificable para todas las categorías , incluidos al personal superior sin estabilidad y personal de ley, la cual estará sujeta a retenciones y aportes previsionales del I.P.S. y del 10.M.A.
Que Jurisprudencia del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, en relación al tema en cuestión expresa: «si el complemento remunerativo no bonificable abonado a los agentes municipales se encuentra sujeto a aportes, sería computable a los efectos del cálculo de la dieta».-
Que en concordancia con el Decreto N° 771 y 772/08 del Departamento Ejecutivo, se considera pertinente realizar el presente acto administrativo.
Por lo expuesto, el Presidente del H.C.D. de Benito Juárez, en uso de sus facultades:
DECRETA
Articulo 1° : Adhiérase a los Decretos N° 771 y 772/08 del Departamento Ejecutivo e increméntese la dieta de los Señores Concejales en el sueldo básico, según el aumento otorgado a los empleados municipales, a partir de los haberes correspondientes al mes de septiembre de 2008, retroactivo al primero de agosto de 2008.-
Articulo 2° : La imputación contable del concepto detallado en el Artículo 1° deberá efectuarse a la categoría programática y jurisdicción los correspondientes sueldos básicos.-
Articulo 3° : Comuníquese al Departamento Ejecutivo y remítase copia del presente Decreto a la Delegada Provisional Municipal, para su posterior elevación en tiempo y forma al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.-

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