Decreto Nro. 202412

DECRETO DEL H.C.D. Nº 12/2024.-

 Visto

Que la ordenanza 5232/2017 contempla que es de suma importancia establecer pautas precisas que sirvan de estímulo al vecino de Benito Juárez, quienes se podrán ver motivados en la normativa a fin de hacerse acreedores del reconocimiento;

Que, es igualmente trascendente para la comunidad resaltar los valores de aquellos, que resultan ser personalidades destacadas en el ámbito del deporte, la cultura en general, ciencia, investigación, educación, técnica, labor humanitaria y /o comunitaria.

Que, no es menos importante resaltar y promover la correcta participación  de niños y jóvenes de nuestra comunidad.

Considerando

Que Agustín “Picha” Marini Marino, nació en Benito Juárez el 12 de Octubre de 1999, hijo de Mario Martín Marini y María Verónica Marino, y hermano de Germán Matías Negrette y Julieta Marini Marino.

Que sus pasos en el sistema educativo fueron el jardín 902 y en tanto sus estudios de primaria como la secundaria los curso en el  Instituto Pedro Díaz Pumará.

Que además de representar a Benito Juárez, el púgil siempre hace mención a su querido Barrio Plaza Jardín, siendo este su lugar de lecho familiar.

Que sus  hobbies son el skater y el rugby.

Que Agustín “Picha” Marini dio sus primeros pasos en el boxeo a los 14 años bajo la formación del “Gallego” Pérez, continuando sus prácticas en la Academia Boxing Club, siendo de esta manera Jose “Mono” Rodríguez quien lo sube al cuadrilátero por primera vez a la temprana edad de 16 años, realizando desde este día 12 peleas amateur.

Que en toda su carrera tuvo varios entrenadores como Gian Scuffi, Maximiliano Pinedo, Maximiliano Morales, Pedro Alen, y actualmente sus preparadores son Cesario Morales y César Martínez.

Que Agustín “Picha” Marini debuta como profesional el 30 de Diciembre de 2021 contra Román Gorjon, logrando la victoria en el primer round por knockout; de esta manera y siguiendo con la misma contundencia que lo caracteriza volvió a tener dos peleas más, una en el Luna Park nuevamente contra Román Gorjon, y otra en Santa Fe contra Franco Aguilera, ganando las dos nuevamente por  knockout.

Que su cuarta pelea se desarrolló en el Luna Park, donde el púgil local logro un triunfo por puntos contra Camilo Castaño.

Que su quinta y sexta pelea fueron contra Jonatan Giovenale y Sergio Córdoba, esta última en Villa María, a quienes tendió nuevamente en la lona y de esta manera logro los triunfos por knockout y así continuo en su séptima y octava pelea, donde a Sergio Davie le gano por R.S.C, (referí detiene el combate, por KO técnico).

Que por tercera vez el púgil Agustín “Picha” Marini, se sube al ring del mítico e histórico Luna Park, logrando la caída de su oponente Cristian Luis,  por  knockout.

Que Agustín “Picha” Marini tuvo  su novena pelea el 1 de Junio de 2024, y que sin dudas es la más emblemática por el resultado obtenido, ya que en esta ocasión la contienda se desarrolló en el estadio de la Federación Argentina de Box, donde el púgil local se consagra campeón del Cinturón Argentino y Fedelatin en el peso crucero, ganándole al púgil Mariano Gudiño por  knockout en el cuarto round.

Que el joven Agustín “Picha” Marini además de ser un orgullo y un ejemplo de nuestra localidad por el esfuerzo, la dedicación y la conducta en el deporte del Boxeo,  ha escrito a través de este importante logro una página más en la historia del Boxeo Argentino, siendo que su triunfo lo coloca en el nivel  más alto  del mencionado deporte.

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus facultades que le son propias:

D     E     C     R     E     T     A

Artículo 1°  El Honorable Concejo Deliberante otorga al vecino Agustín “Picha” Marini Marino, la distinción al “Joven Destacado” del Partido de Benito Juárez, en reconocimiento a la función destacada y meritoria en la trayectoria del deporte nacional, siendo hasta el momento su más alto logro el de Campeón del Cinturón Argentino y Fedelatin de la República Argentina.

Artículo 2º: Entréguese a Agustín “Picha” Marini Marino, una placa recordatoria en cumplimiento de lo establecido en el artículo primero del presente, y copia del mismo, en acto convocado al tal efecto.

Artículo 3°: Autorícese al Presidente del Honorable Concejo Deliberante Don Ramiro Modesto Peón a realizar los gastos correspondientes.

Artículo 4º: De Forma.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Junio del año dos mil veinticuatro

 

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