BENITO JUÁREZ, 24 DE MAYO DE 1991.-
RESOLUCIÓN DEL H.C.D. Nº 4/91.-
VISTO LO ACTUADO EN LA SESIÓN ORDINARIA QUE ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE CELEBRARÁ EL DÍA 23 DE MAYO DE 1991 DONDE SE PUSO A CONSIDERACIÓN DEL CUERPO EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN QUE REFERIDO A LA IMPLEMENTACION DE FRANQUICIA EN EL PAGO DE TASAS MUNICIPALES A JUBILADOS Y PENSIONADOS PRESENTARA EL BLOQUE DE CONCEJALES DEL PARTIDO JUSTICIALISTA, Y:
CONSIDERANDO QUE EL CITADO PROYECTO MERECIO LA APROBACION UNANIME DE TOTAL DE INTEGRANTES DEL CUERPO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS FACULTADES:
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SE DIRIGE AL D.E. A EFECTOS DE QUE INSTRUMENTE LOS MEDIOS NECESARIOS PARA QUE NO SE APLIQUEN REAJUSTE Y/O INTERESES A JUBILADOS Y PENSIONADOS QUE JUSTIFIQUEN EL COBRO DE SUS HABERES CON POSTERIORIDAD AL VENCIMIENTO DE LAS TASAS MUNICIPALES, SIEMPRE QUE EL PAGO DE LAS MISMAS SE EFECTUE DENTRO DEL MES DE VENCIMIENTO.
ARTÍCULO 2º: DE FORMA.
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