Decreto Nro: 199003

BENITO JUÁREZ, 01 DE OCTUBRE DE 1990.
DECRETO DEL H.C.D.Nº 03/90.-

VISTO LO ACTUADO EN LA SESIÓN ORDINARIA QUE ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE CELEBRARA EL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DE 1990 DONDE SE PUSO A CONSIDERACIÓN DEL CUERPO EL INFORME PRODUCIDO POR LA SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ A RAÍZ DEL RELEVAMIENTO DE DATOS REFERIDO A OCUPACIONES IRREGULARES Y/O ABANDONOS EN TRES PLANES DE VIVIENDAS, DE 42, 32 Y 24 UNIDADES RESPECTIVAMENTE, EN LA LOCALIDAD DE BARKER, IMPLEMENTADOS POR EL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OPERATORIAS FO.NA.VI.); DEL CUAL SE DESPRENDE QUE UN 36,61% DE LAS UNIDADES (30 VIVIENDAS) PRESENTAN SITUACIONES IRREGULARES (CEDIDAS, ALQUILADAS, VENDIDAS Y/O ABANDONADAS) QUE NO SE COMPADECEN CON LAS CARACTERÍSTICAS SOCIALES QUE RODEAN A LA REGLAMENTACIÓN DE ESTOS PLANES, DE LAS CUALES UN 12,24 % (12 VIVIENDAS) SE HALLAN ABANDONADAS; MIENTRAS QUE EN LA POBLACIÓN SE HAN DETECTADO NECESIDADES DE VIVIENDA Y PRESUNTOS INTERESADOS DISPUESTOS A ENCARAR UN PLAN DE ESTAS CARACTERÍSTICAS Y:
TENIENDO EN CUENTA QUE ADEMÁS LOS OCUPANTES PRECARIOS, DE ACUERDO AL INFORME DEL PERSONAL DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR SOCIAL (FOJAS 8 Y 9 EXPTE. LETRA “B” Nº 26/90) MANIFIESTAN DESINFORMACIÓN RESPECTO DEL PAGO POR CHEQUERAS, CANTIDAD A ABONAR, ESCRITURACIONES, CESE DE PAGO, PLAZOS, ETC., Y, QUE NUNCA SE HA TRABAJADO A NIVEL COMUNITARIO CON EL DEPARTAMENTOS DE CONSORCIOS DEL FO.NA.VI. Y QUE LOS MISMOS SE SIENTEN “UTILIZADOS” AL NO ENCONTRAR NUNCA UNA RESPUESTA CONCRETA A SUS DIFICULTADES PESE A HABERSE EFECTUADO VARIOS RELEVAMIENTOS EN ESE LUGAR, Y:
CONSIDERANDO QUE LA NECESIDAD DE CONCIENTIZAR A LOS ORGANISMOS COMPETENTES MERECIÓ LA APROBACIÓN UNÁNIME DE LOS SEIS BLOQUES POLÍTICOS QUE CONFORMAN ESTE HONORABLE CUERPO:
DECRETA
ARTÍCULO 1º: MANIFESTAR LA DECISIÓN UNÁNIME DE ESTE CUERPO EN DIRIGIRSE AL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y FO.NA.VI. (FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA) DEPARTAMENTO DE CONSORCIOS A LOS EFECTOS DE SOLICITARLES CON CARÁCTER DE URGENTE LA VERIFICACIÓN Y RE ADJUDICACIÓN DE LAS 12 VIVIENDAS ABANDONADAS, EN PRIMERA INSTANCIA Y LA REGULARIZACIÓN DE LA SITUACIÓN DE HECHO EN LOS 18 CASOS RESTANTES.
ARTÍCULO 2º: DIRÍJASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A LOS EFECTOS DE QUE ADOPTE IDÉNTICO TEMPERAMENTO A FIN DE RECUPERAR CAPACIDAD HABITACIONAL Y COMPENSACIÓN ECONÓMICA DE SERVICIOS MUNICIPALES PRESTADOS “EN VACIO”.
ARTÍCULO 3º: COMPLEMENTARIAMENTE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DEBERÁ DAR CUMPLIMIENTO A LO SUGERIDO EN EL ARTÍCULO 3º DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN QUE CORRE AGREGADO A FOJAS 2 DEL MENCIONADO EXPTE.
ARTÍCULO 4º: INVITAR A LOS SEÑORES PRESIDENTES DE LOS BLOQUES POLÍTICOS QUE COMPONEN ESTE CUERPO, A SUSCRIBIR EL PRESENTE DECRETO.

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