Ordenanza Municipal Nº 6042/2024
Visto lo actuado en el Expediente Letra “D” Nº 112/2024 en el cual a fojas 2 el Director General de Deportes solicita la adecuación de los valores estipulados en el Artículo 58 de la Ordenanza Impositiva vigente y la incorporación de ítems en el artículo mencionado, sobre las actividades deportivas que se desarrollan en instalaciones del Polideportivo Municipal, que a fojas 3 el Jefe de Gabinete a/c de la Secretaria de Hacienda, sugiere la modificación del Inciso Articulo Nº 58 de la Ordenanza Municipal Nº 5991
Considerando que lo solicitado es facultad del HCD,
Que la presente Ordenanza fue aprobada en general y en particular por mayoría 10 votos por la afirmativa del bloque Unión por la Patria PJ y el bloque Juárez Renace y 4 votos por la negativa del bloque Juntos.
El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:
O R D E N A
Artículo 1º.- Modifíquese el Articulo Nº 58, de la Ordenanza Municipal Nº 5991, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
Pileta Climatizada Municipal
Establézcase el siguiente cuadro tarifario por los servicios de pileta libre:
por día | residentes | no residentes |
valor | $ 2.800 | $ 5.600 |
por semana | residentes | no residentes |
valor mensual | valor mensual | |
1 | $7.000 | $14.000 |
2 | $ 10.000 | $20.000 |
3 | $ 15.000 | $ 30.000 |
4 | $ 20.000 | $ 40.000 |
Actividades deportivas en las Instalaciones del Polideportivo Municipal Aranceles por turno y por persona para:
Fútbol, Vóley, Básquet y Handball : $1.400
Artículo 2º: De forma.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Junio del año dos mil veinticuatro
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