Ordenanza Nro. 219

ORDENANZA MUNICIPAL N° 219

ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE AL D.E. A RECONOCER LA DIFERENCIA POR MAYORES COSTOS PRODUCIDOS EN LA CONSTRUCCIÓN DE LAS DELEGACIONES MUNICIPALES DE BARKER Y TEDIN URIBURU A LAS FIRMAS CESAR CATALANO E HIJOS Y ESTANISLAO Y ADOLFO ISASMENDI RESPECTIVAMENTE, EN LAS SUMAS QUE PARA CADA CASO FIJA EL ART. 2° DE ESTA ORDENANZA.

ARTÍCULO 2°.- A LA FIRMA CESAR CATALANO E HIJOS LA CANTIDAD DE CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO CON 75/100 PESOS MONEDA NACIONAL ($ 44.821.- M/N) Y A LA FIRMA ESTANISLAO Y ADOLFO ISASMENDI LA CANTIDAD DE CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS PESOS CON 60/100 M/NACIONAL ($ 43.322.60).

ARTÍCULO 3°.- LA SUMA DE PESOS MONEDA NACIONAL OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO CON 75/100 (4 88.144.75 M/N) QUE SE RECONOCE POR EL ARTÍCULO 2° DEBERÁ IMPUTARSE A LA PARTIDA CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE OBRAS Y EDIFICIOS PÚBLICOS” OBRAS “ CAP. II, INCISO 4, ÍTEM 1, PARTIDA 2, DEL PRESUPUESTO DE GASTOS EN VIGENCIA.-

ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE AL D.E. Y DESE AL REGISTRO

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