Ordenanza Nro. 175

ORDENANZA MUNICIPAL N° 175

ARTÍCULO 1°.- NOMBRASE “DEPOSITARIO AD-HONOREM” DE LOS BIENES QUE CONSTITUYEN EL AEROPARQUE JUAREZ-AERÓDROMO PUBLICO MUNICIPAL, A LA SOCIEDAD CIVIL “AERO CLUB JUAREZ”, CON EXCLUSION DE LOS ESPACION LIBRES ENTRE LAS PISTAS, OBLIGANDOSE AL MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE PISTAS Y HANGARES.

ARTÍCULO 2°.- EL TIEMPO Y DURACION DE TAL DESIGNACION ES “ILIMITADO” Y SUPEDITADO EN TANTO LA INSTITUCION DEPOSITARIA AJUSTE SU COMETIDO A LOS FIENS ESPECIFICOS DE SU EXISTENCIA Y CON ARREGLO A LAS NORMAS Y DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES EN LO RELATIVO A LOS CODIGOS CIVIL, COMERCIAL YA ERONAUTICO (LEY N° 14307).

ARTÍCULO 3°.- CONCEDESE UN PLAZO DE CIENTO OCHENTA DIAS (180) A CONTAR DE LA NOTIFICACION DE LA PREENTE, PARA QUE EL AERO CLUB JUAREZ, TRAMITE Y OBTENGA LA OFICIALIZACION PERTINENTE ANTE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL. CUMPLIDO TAL ACTO SE PROCEDERA A LA ENTREGA OFICIAL, LABRANDOSE ACTAS SUSCRIPTAS POR LAS PARTES.

ARTÍCULO 4°.- AUTORIZAR AL D.E. A EFECTUAR LA REGLAMENTACION QUE ESTIME CORRESPONDER PARA ASEGURAR RELACIONES NORMALES CON LA INSTITUCION, FIJANDO A SU VEZ LAS CONDICIONES EN QUE SE DEBERA ACTUAR CUANDO HUBIERE MOTIVO DE EXIGIR RETRIBUCION EONOMICA  POR SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEL AEROPARQUE JUAREZ.

ARTÍCULO 5°.-. EL D.E. EFECTUARA LAS OCMUNICACIOEN SPERTINENTES A LA DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL,  DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION AEREA Y AERODROMOS, DIRECCION GENERAL DE PERSONAS JURIDICAS, EN SUS CONDICIONES DE ORGANISMOS ESTATALES SUPERVISORES DE LAS ACTIVIDADES DEL AERO CLUB JUAREZ Y CIRCULACIONN AEREA EN EL PAIS.

ARTÍCULO 6°.- COMUNIQUESE AL D.E. ETC.

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