ORDENANZA MUNICIPAL N° 83
DEROGADA POR ORDENANZA MUNICIPAL N° 122/1955
ARTÍCULO 1°.- DECLARASE EXIMIDAS DE LAS OBLIGACIONES SEÑALADAS POR LA ORDENANZA IMPOSITIVA VIGENTE EN SUS CAPÍTULOS 7 Y 8 “DIVERSIONES PÚBLICAS” Y “PUBLICIDAD” RESPECTIVAMENTE A TODAS LAS ENTIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS, PREVIAMENTE INSCRIPTAS EN EL REGISTRO ESPECIAL A CREARSE EN LA MUNICIPALIDAD.
ARTÍCULO 2°.- A LOS EFECTOS DE PODER HACER USO DEL BENEFICIO OTORGADO, ANUALMENTE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS DEBERÁN HACER LLEGAR A LA MUNICIPALIDAD LA NÓMINA DE SU COMISIÓN DIRECTIVA Y LA MEMORIA Y BALANCE DE SUS ACTIVIDADES.
ARTÍCULO 3°.- A LOS EFECTOS DE SU AMPLIACIÓN SE DA EFECTO RETROACTIVO AL MES DE ENERO DEL AÑO 1950 A LO DISPUESTO, DEBIENDO EL D. EJECUTIVO REGLAMENTAR LA MEJOR FORMA DE SU OBSERVANCIA.
ARTÍCULO 4°.- QUEDAN DEROGADAS TODAS LAS ORDENANZAS, DISPOSICIONES Y REGLAMENTACIONES QUE SE OPONGAN A LA PRESENTE.
ARTÍCULO 5°.- COMUNÍQUESE AL D.E., ETC. ETC.
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