ORDENANZA MUNICIPAL N° 54
ARTÍCULO 1°.- SE AUTORIZA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A ABONAR A LOS EMPLEADOS Y OBREROS MUNICIPALES, CON ASIGNACIÓN MENSUAL NO SUPERIOR A TRESCIENTOS PESOS, LA SUMA DE CIEN PESOS ($ 100.00) MONEDA NACIONAL POR CADA HIJO NACIDO DURANTE EL AÑO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE, EN CONCEPTO DE SUBSIDIO MUNICIPAL.
ARTÍCULO 2°.- SE AUTORIZA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A ABONAR A LOS CAMIONEROS EN CONSORCIO, LA SUMA DE CINCUENTA PESOS M/N POR CADA HIJO NACIDO DURANTE EL AÑO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE, EN CONCEPTO DE SUBSIDIO MUNICIPAL.
ARTÍCULO 3°.- A LOS EFECTOS DE ATENDER EL PAGO DEL BENEFICIO ACORDADO, SE AMPLÍA EN LA SUMA DE UN MIL PESOS M/N ($ 100.00) LA PARTIDA N° 17 INCISO 1° DEL CAPÍTULO 3 DEL PRESUPUESTO DE GASTOS EN VIGENCIA. (SALARIO FAMILIAR).
ARTÍCULO 4°.- LA AMPLIACIÓN DISPUESTA EN EL ARTÍCULO ANTERIOR, SERÁ TOMADA EN SU TOTAL DE PESOS UN MIL M/N ($ 1000.00) DE LA PARTIDA “CAMINOS” CAP. 2 INC. 3 ÍTEM 5 “B”, CUYO TOTAL PRESUPUESTADO DE VEINTIÚN MIL SESENTA PESOS ($ 21.060.00), E REDUCE A PESOS VEINTE MIL SESENTA M/N ($ 20.60.00).-
ARTÍCULO 5°.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DISPONDRÁ LO PERTINENTE PARA QUE EN TODOS CASOS, LOS INTERESADOS ACREDITEN EN FORMA LEGAL Y SUFICIENTE, MEDIANTE DOCUMENTACIÓN PROBATORIA, EL DERECHO AL BENEFICIO ACORDADO POR ESTAS DISPOSICIONES.
ARTÍCULO 6°.- DEROGASE CUALQUIER ORDENANZA, DISPOSICIÓN Y REGLAMENTACIÓN QUE SE OPONGA AL CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO.
ARTÍCULO 7°.- COMUNIQUESE , ETC., ETC.
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