ORDENANZA MUNICIPAL N° 37
ARTÍCULO 1°.- PRORROGASE HASTA EL DÍA TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL AÑO CORRIENTE, EL PLAZO PARA EL PAGO SIN MULTA DE TASA ESTABLECIDA POR LA ORDENANZA N° 30 DE PESOS CERO DIEZ POR HECTAREA, FIJADO PARA EL 2° SEMESTRE DEL AÑO 1949 PARA TODOS LOS PROPIETARIOS DE CAMPOS DEL PARTIDO.
ARTÍCULO 2°.- DECLÁRESE EXIMIDOS DEL PAGO DE LA TASA FIJADA A TODOS LOS PROPIETARIO , QUE EN SUMA O VARIAS FRACCIONES, SEAN POSEEDORES EN TOTAL DE UNA EXTENSIÓN MENOR DE QUINCE HECTÁREAS Y UNA CENTIÁREA. (15 HS. 00 AS. 01 ES.)
ARTÍCULO 3°.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO TOMARA LAS DISPOSICIONES NECESARIOS PARA QUE A TODOS LO PROPIETARIOS COMPRENDIDOS EN EL ARTÍCULO ANTERIOR, QUE HUBIEREN ABONADO LA TASA RESPECTIVA, LES SEA REINTEGRADO EL IMPORTE CORRESPONDIENTE.
ARTÍCULO 3°.- COMUNIQUESE AL D. EJECUTIVO A SUS EFECTOS, ETC., ETC.
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