Ordenanza Nro. 21

ORDENANZA MUNICIPAL N° 21

DEROGADA POR ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1487/1985

ARTÍCULO 1°.- DECLARASE A LA MUNICIPALIDAD DE JUÁREZ ACOGIDA A LOS BENEFICIOS DE LA LEY 5346 QUEDANDO FACULTADO AL D.E. PARA EFECTUAR ANTE LE SUPERIOR GOBIERNO DE LA PCIA DE BS. AIRES TODOS LOS TRÁMITES NECESARIOS A LOS FINES DE OBTENER UN PRÉSTAMO HASTA LA SUMA DE SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS PESOS M/N, EN TÍTULOS DE LA DEUDA INTERNA DEL 3,50 POR CIEN DE INTERÉS ANUAL Y EL UNO POR CIENTO DE AMORTIZACIÓN ACUMULATIVA.

ARTÍCULO 2°.- LA SUMA INDICADA EN EL ART. ANTERIOR SE DESTINARA A LOS SIGUIENTES FINES:

  1. A) PARA PAGO CUENTAS ACREEDORES COMUNES SEGÚN CONSTANCIAS DE LA CONTABILIDAD MUNICIPAL CUYOS CRÉDITOS HAN QUEDADO PENDIENTES POR LAS SUMAS DE LOS RECURSOS ORDINARIOS AFECTADOS AL CUMPLIMIENTO DE LOS DECRETOS DE AUMENTOS DE SUELDOS Y JORNALES ALCANZADOS POR LA LEY NRO. 5346 DURANTE LOS MESES DE ENERO, FEBRERO, MARZO Y ABRIL DEL AÑO 1948 POR ……………………………………………………………………… $ 55.989,44
  2. B) PARA DIFERENCIA COTIZACION DE TITULOS, CALCULADOS A $ 90 ($ 6280) Y GASTOS VARIOS ($ 530,06) ……………………………………………………………………………………………………………… $ 6.810,56

SUMA         $ 62.800,00

 

ARTÍCULO 3°.- EN GARANTIA DEL PAGO PUNTUAL DEL RPESTAMO QUEDAN AFECTADOS LA TOTALIDAD DEL PORCENTAJE QUE LE CORERSPONDIERA A ESTA MUNICIPALIDAD POR PARTICIPAICON DE IMPUETSOS NACIONALES (REDITOS, GANANCIAS EVENTUALES Y BENEFICIOS EXTRAORDINARIOS) PATENTES DE AUTOMOTORES (LEY 4490) A SUS POSTERIORES MODIFICACIONES Y EL PRODUCIDO DE LOS IMPUESTOS DE PATENTES DE TRACCION A SANGRE Y PUBLICIDAD Y LETREROS DE LA ORDENANZA MUNICIPAL  EN LA CANTIDAD NECESARIA HASTA COMPLETAR EL DUPLO DEL SERVICIO ANUAL DE LOS TÍTULOS PUDIENDO ADEMÁS EL D.E. , EN CASO DE INSUFICIENCIA AFECTAR CUALQUIER OTRO RECURSO MUNICIPAL QUE NO CORRESPONDA A RETRIBUCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS.

ARTÍCULO 4°.- LA MUNICIPALIDAD DE JUÁREZ, DECLARA RECONOCER EN TODAS SUS PARTES LAS LEYES N° 5346 Y 4521 PROMULGADAS CON FECHA 15 DE NOVIEMBRE DE 1948 Y 14 DE NOVIEMBRE DE 1936, OBLIGÁNDOSE A SU ESTRICTO CUMPLIMIENTO, COMO ASÍ TAMBIÉN AL DE LAS MODIFICACIONES AMPLIACIONES Y REGLAMENTACIONES QUE SE ESTABLECIERAN POSTERIORMENTE.

ARTÍCULO 5°.- LA MUNICIPALIDAD DE JUÁREZ AUTORIZA AL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PCIA. DE BS. AIRES A RETENER LOS RECURSOS AFECTADOS POR ESTA ORDENANZA HASTA CUBRIR LOS SERVICIOS SEMESTRALES DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS, O SEA: PAGO DE INTERÉS Y AMORTIZACIÓN.

ARTÍCULO 6°.- LA MUNICIPALIDAD FIJARA EN EL PRESUPUESTO RESPECTIVO LA SUMA NECESARIA PARA ATENDER EL SERVICIO DE TÍTULOS.

ARTÍCULO 7°.- CONCEDIDO EL PRÉSTAMO POR EL SUPERIOR GOBIERNO, FACULTASE AL D.E. PARA GESTIONAR SU DEPÓSITO “EN CUENTA ESPECIAL DEL BANCO DE LA PCIA. DE BS. AIRES SUCURSAL JUÁREZ A LA ORDEN DEL INTENDENTE MUNICIPAL, SECRETARIO Y TESORERO CONTADOR.

ARTÍCULO 8°.- LOS GASTOS QUE DEMANDEN LOS TRÁMITES PREVIOS, PUBLICIDAD ETC. SERÁN IMPUTADAS A LA PARTIDA DE GASTOS GENERALES DEL D.E. DEL PRESUPUESTO DE GASTOS EN VIGENCIA.

ARTÍCULO 9°.- SE DEJA EXPRESAMENTE ESTABLECIDO QUE LOS FONDOS OBTENIDOS SERÁN EXCLUSIVAMENTE DESTINADO AL PAGO DE CRÉDITOS COMUNES EXISTENTES POR SUMINISTROS CORRESPONDIENTES A LOS MESES DE ENERO, FEBRERO MARZO Y ABRIL DE 1948 SEGÚN LAS CONSTANCIAS LEGALES DE LA CONTABILIDAD MUNICIPAL CON LA RESPECTIVA RENDICIÓN DE CUENTAS Y REINTEGROS DE LA SUMA NO USADA.

ARTÍCULO 10°.- COMUNÍQUESE AL D.E. A SUS EFECTOS.

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